Se modifica la gestión de cuota láctea en España para permitir las cesiones de uso gratuito de la Reserva Nacional
Autor: José Martínez Sánchez. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM)
Temas clave: España; Ganadería; Cuota láctea
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 3 de junio de 2011 un Real Decreto que modifica la normativa del sistema español de gestión de cuota láctea para implementar la puesta en marcha de las cesiones de uso gratuito de cuota de la Reserva Nacional. Específicamente, el Real Decreto posee un único artículo con dos apartados que pretenden por un lado permitir las cesiones temporales y, por otro lado determinar las condiciones de éstas.
Se decretan modificaciones a la normativa de bienestar animal en explotaciones equinas y de gallinas ponedoras
Autor: José Martínez Sánchez. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y Consejo de Ministros del Gobierno de España
Temas clave: España; Ganadería; Bienestar animal; Sanidad animal
El Consejo de Ministros ha aprobado con fecha 3 y 10 de junio de 2011 dos disposiciones normativas que incluyen modificaciones acerca de la legislación de bienestar animal de explotaciones de gallinas ponedoras y ganaderías equinas, respectivamente.
Decreto 21/2011, de 5 de abril de 2011, por el que se establecen disposiciones para la gestión del registro de Explotaciones Agrarias de Castilla-La Mancha. (DOCM núm. 69, de 8 de abril de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Ganadería; Registro, Castilla-La Mancha
Resumen:
El cometido del presente Decreto será desarrollar el Capítulo III del Título I de la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha. Será en el capítulo de esta Ley donde se contemple por primera vez la creación de un Registro General de Explotaciones Agrarias, de carácter público y gratuito en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a fin de mejorar los trámites entre Administración y ciudadano y, especialmente, para optimizar la política de modernización de estructuras agrarias y planificación económica del sector agrario en Castilla-La Mancha. Sin embargo, el funcionamiento y características del mismo no quedaban contempladas en la referida Ley, por lo que se hacía necesario un ulterior desarrollo normativo a tal efecto.
Real Decreto 1089/2010, de 3 de septiembre, por el que se modifica la normativa reguladora en materia de explotaciones porcinas extensivas (BOE núm. 215, 4 de septiembre de 2010)
Resumen:
El Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas, configuró un nuevo marco legal para las explotaciones porcinas extensivas, de acuerdo con las exigencias derivadas de distintas disposiciones nacionales, así como de la normativa comunitaria sobre bienestar animal, higiene y sanidad pecuaria, y protección del medioambiente. De esta forma, estableció unas condiciones mínimas dirigidas a minimizar los riesgos de tipo sanitario y medioambiental que este tipo de explotaciones puede conllevar.
En el texto del Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, se han identificado ciertos errores y omisiones, que deben de ser enmendados para el correcto desarrollo de la actividad ganadera. En consecuencia, esta modificación permitirá corregir el error detectado en relación con los límites de capacidad establecidos para cada
Directiva 2008/120/CE del Consejo de 18 de diciembre de 2008 relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos (DOUE nº L47, de 18 de Febrero de 2.009)
La Directiva 91/630/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1991 que establecía las normas mínimas para la protección de cerdos, ha sido modificada en diversas ocasiones y de forma sustancial. Para lograr una mayor racionalidad y claridad, se procede a la codificación de dicha Directiva.
Se establecen en esta Directiva 2008/120/CE, unas normas mínimas comunes para la protección de los cerdos de cría y de engorde, a fin de asegurar el desarrollo racional de la producción.
Los Estados miembros velarán por que todas las explotaciones cumplan una serie de requisitos recogidos en el artículo 3 y en el Anexo I, relativos a:
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