Fauna:
LÓPEZ DE LA OSA ESCRIBANO, Pilar. “El fundamento ético de la protección jurídica de la fauna”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 27, enero-abril 2014, pp. 89-115
Gases efecto invernadero:
CASTILLO DE LA TORRE, Fernando. “El Tribunal de Justicia completa y precisa su jurisprudencia sobre la posición del Derecho Internacional en el Derecho de la Unión, y concluye que el régimen de derechos de emisión de gases de efecto invernadero es compatible con el Derecho Internacional (STJ de 21-12-2011, As. Air Transport Association of America, C-366/10)”. Civitas. Revista española de derecho europeo, n. 46, 2013, pp. 93-149
Incendios:
BOTANA GARCÍA, Gemma Alejandra. “Incendio de finca rústica provocado por el paso de ferrocarril”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 22 abril 2014, pp. 1-4
Decreto 44/2014, de 1 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el procedimiento de autorización de apertura e inspección de los Parques Zoológicos, así como la creación de su registro. (BOA núm. 73, de 11 de abril de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Parques zoológicos; Biodiversidad; Protección de especies; Autorización; Competencias
Resumen:
El artículo 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad propugna el establecimiento de medidas de conservación ex situ, considerando, entre otras, que los parques zoológicos podrán participar en los programas de cría en cautividad y protección de especies amenazadas.
En el marco de la Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, de carácter básico, se hace preciso en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, establecer los órganos competentes a los efectos de ejecutar las obligaciones previstas en la legislación básica. Dichos órganos ambientales serán los competentes para otorgar la autorización de parque zoológico, practicar
Orden Foral 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento. (BON núm. 46, de 7 de marzo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Fauna silvestre; Especies necrófagas; Muladares; Zonas de protección para la alimentación; Subproductos animales no destinados a consumo humano
Resumen:
La conservación de las especies necrófagas de interés comunitario en Navarra pasa por la gestión de las bajas ganaderas, y este hecho es tenido en cuenta en los programas de conservación vigentes como el Plan de Recuperación del Quebrantahuesos y los Documentos Técnicos de Gestión realizados para Lugares de Importancia Comunitaria con presencia de estas especies.
Reglamento (UE) núm. 750/2013 de la Comisión de 29 de julio de 2013 que modifica el Reglamento (CE) núm. 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (DOUE L 212/1, de 7 de agosto de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Fauna y Flora Silvestres; Comercio de especies silvestres
Resumen:
Mediante este Reglamento se procede a modificar el texto del anexo del Reglamento relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio. Concretamente el texto, que ahora es modificado, se refiere a las notas sobre la interpretación de los anexos A, B, C y D. Listas que enumeran las especies de animales y plantas cuyo comercio se encuentra limitado o controlado; listas que, a su vez, incorporan las listas que figuran en los apéndices de la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. (BOE núm. 185, de 3 de agosto de 2013)
Autora: Mar Lázaro Gálvez, Alumna en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas clave: Recursos naturales; Fauna; Acuicultura; Caza; Plagas; Comercialización; Comités consultivos; Jardines; Parques zoológicos; Registros administrativos; Sanidad vegetal
Resumen:
De todos es conocido que una de las causas de pérdida de biodiversidad viene originada por la creciente expansión de las especies exóticas invasoras, que además ocasionan graves perjuicios para la economía, en concreto, a la producción agrícola, ganadera y forestal, e incluso la salud pública.
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