Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 28 de enero de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Carlos Zapata Híjar)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AR 58/2020 – ECLI:ES:TSJAR:2020:58
Palabras clave: Aves; Biodiversidad; Caza; Fauna; Medio rural
Resumen:
Una asociación ecologista recurre la Orden de 20 de julio de 2015 del Consejero de Desarrollo y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2015/2016, solicitando su nulidad. Son partes demandadas, tanto la propia administración pública que ha aprobado el Plan como la Federación Aragonesa de Caza.
El recurso pivota fundamentalmente en que el Plan de Caza recurrido estaría vulnerando la Directiva de Aves (Directiva 2009/147/CE), básicamente en cinco puntos:
Al permitir la caza de determinadas especies que precisarían de limitación o al menos justificación de su permiso de caza, debido al estado de su población (en especies como la Agachadiza común, la tórtola europea, la codorniz, etc.). Al permitir la caza de especies de las que se desconoce su estado