Título: “STC 53/2017, sobre la Ley de Evaluación Ambiental: se mantiene el esquema procedimental común y se anulan o reinterpretan algunos preceptos (incluye cuadro explicativo)”
Autora: Blanca Lozano Cutanda, Catedrática de Derecho Administrativo, Colegio Universitario de Estudios Financieros, (UCM, Madrid)
Sentencia 53/2017 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 11 de mayo de 2017 (Ponente: Antonio Narváez Rodríguez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 142, de 15 de junio de 2017
Temas Clave: Evaluación ambiental; Competencias; Procedimientos administrativos; Medio ambiente; Trámites y plazos; Órgano ambiental y órgano sustantivo; Promotor; Solicitud de inicio; Consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas; Informes; Cooperación interadministrativa; Documento de alcance del estudio de impacto ambiental; Estudio de impacto ambiental; Análisis técnico del expediente; Recursos; Vigencia, modificación y prórroga de las declaraciones de impacto ambiental; Resolución de discrepancias entre órgano ambiental y órgano sustantivo; Impacto ambiental transfronterizo; Consultas e información; Supletoriedad
Resumen:
El Pleno del tribunal constitucional examina en este caso el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña contra varios artículos y dos disposiciones finales de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental (LEA)
La recurrente se basa en la vulneración del orden competencial constitucional y estatutariamente establecido en materia de medio ambiente. En realidad, esgrime que tales preceptos no tienen carácter básico porque llevan a
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 6 de febrero de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Carlos García de la Rosa)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 1909/2017 – ECLI:ES:TSJAND:2017:1909
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Clasificación de suelos; Evaluaciones ambientales; Licencia ambiental; Urbanismo
Resumen:
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga, dictó sentencia desestimando el recurso interpuesto por un particular contra la resolución de calificación ambiental favorable para la implantación de una EDAR y colectores en un suelo no urbanizable, otorgada por el ayuntamiento de Benamargosa.
Contra dicha sentencia de instancia, se alza el recurrente mediante la interposición de un recurso de apelación, origen de la sentencia objeto de este comentario.
Tal actuación de construcción de una EDAR y sus colectores, se amparaba en la tradicional posibilidad reconocida en nuestro ordenamiento urbanístico de permitir actuaciones en suelo no urbanizable, en las que concurren los requisitos de utilidad pública o interés social, y que en Andalucía se plasma en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística. Pues bien, con carácter previo a la tramitación
Sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago, de 28 de abril de 2017
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental, y Álvaro Núñez Gómez de Jiménez, Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile [1]
Fuente: ROL: STAS R-131-2016
Temas Clave: Procedimiento Administrativo; Jurisdicción Contencioso-Administrativa; Participación Ciudadana
Resumen:
El Tribunal Ambiental de Santiago (TAS), en su sentencia de Rol 131 (STAS), dictada el 28 de abril del 2017, resuelve la acción de reclamación presentado por la empresa Frutícola y Exportadora Atacama Limitada (la reclamante) en contra de la Resolución Exenta N° 1056, de 12 de septiembre de 2016, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la que por su parte había rechazado la reclamación presentada por la misma empresa en contra de la Resolución de Calificación Ambiental N° 133, de 23 de julio de 2015, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama, que calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Candelaria 2030 – Continuidad Operacional”, cuyo titular es Compañía Contractual Minera Candelaria.
Respecto a la evaluación ambiental del proyecto controvertido, cabe destacar que durante su
Anteproyecto de Ley, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Temas Clave: Evaluación ambiental; Consulta e información pública; Accidentes graves o catástrofes
Resumen:
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha elaborado un Anteproyecto de Ley, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Entre los contenidos del nuevo texto se destacan los siguientes:
– Se regula con mayor grado de detalle el contenido de los informes, de los estudios y de las declaraciones de impacto ambiental, para garantizar la calidad de la información, que constituye la base del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
– Se presta especial atención a la consulta e información pública en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, estableciendo que la información debe ser accesible electrónicamente al público.
– Se introduce en el proceso de evaluación de impacto ambiental la consideración de la vulnerabilidad de los proyectos ante el riesgo
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