Aguas:
ORGANIZACIÓN de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). “Agua, sociedad y cooperación: 50 años de los programas sobre agua para el desarrollo sostenible de la UNESCO”. París (Francia): Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), 2015. 252 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://unesdoc.unesco.org/ulis/cgi-bin/ulis.pl?lin=1&catno=235029 [Fecha de último acceso 29 de enero de 2016].
PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, Elisa. “La incorporación de la variable ambiental al derecho de aguas argentino”. Barcelona: Atelier, 2016. 300 p.
Derecho ambiental:
DEFFAIRI, Meryem. “La patrimonialisation en droit de l’environnement”. París (Francia): IRJS, 2015. 877 p.
SANCHEZ MEDERO, Gema. “Guatemala: gobierno, gobernabilidad, poder local y recursos naturales”. Valencia: Tirant lo Blanch, 2016. 334 p.
WINTER, Gerd. “Property and environmental in Europe”. Ámsterdam (Países Bajos): Europa Law Publishing, 2016. 363 p.
Desarrollo sostenible:
OLIVEIRA LANCHOTTI, Andressa de. “Evaluación de impacto ambiental y desarrollo sostenible”. Belo Horizonte (Brasil): Arraes, 2014. 325 p.
ORGANIZACIÓN de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). “Agua, sociedad y cooperación: 50 años de los programas sobre agua para el desarrollo sostenible de la UNESCO”. París (Francia): Organización de las Naciones Unidas para
Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOCM núm. 311, de 31 de diciembre de 2015
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por esta ley en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental:
Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del arbolado Urbano:
Se excluye la necesidad de obtención previa de licencia para la tala de árboles y de la obligación de sustitución de los árboles talados en ámbitos urbanos, en los terrenos constitutivos de la franja o zona interfaz que deba separar los vertederos o edificaciones de las zonas forestales, todo ello en aras a compatibilizar esta norma con la normativa sobre prevención de incendios forestales -nueva disposición adicional tercera-.
Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid:
Se efectúa una modificación de la regulación del procedimiento sancionador en materia de medio ambiente, agricultura, ganadería, desarrollo rural, vías pecuarias, animales domésticos y protección, bienestar y sanidad animal y vegetal, modificando la competencia sancionadora en
Espacios naturales protegidos:
REVUELTA PÉREZ, Inmaculada. “La controvertida desclasificación de los espacios protegidos Natura 2000”. Revista de Administración Pública, n. 198, septiembre-diciembre, 2015, pp. 219-255
Especies amenazadas:
WALLACE, Pip. “The Reduced Effect of International Conservation Agreements: A New Zealand Case Study”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 3, noviembre 2015, pp. 489-516
Evaluaciones ambientales:
VICENTE DAVILA, Fernando. “15 años del Convenio de Albufeira: su contribución a los procesos de planificación y evaluación ambiental en las cuencas ibéricas: el caso del Miño”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 31, mayo-agosto, 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (II), pp. 475-493
Evaluación ambiental estratégica:
RUIZ DE APODACA ESPINOSA, Ángel Mª. “La planificación en materia de residuos y su sometimiento al nuevo procedimiento de evaluación ambiental estratégica”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 31, mayo-agosto, 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (II), pp. 221-264
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
VERSCHUUREN, Jonathan. “Hydraulic Fracturing and Environmental Concerns: The Role of Local Government”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 3, noviembre 2015, pp. 431-457
Fractura hidráulica:
FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ, Dionisio. “Aspectos ambientales de la exploración y explotación de gas no convencional mediante la técnica de fractura
Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 220, de 13 de noviembre de 2015
Temas Clave: Prevención ambiental; Autorización ambiental; Licencia ambiental; Comunicación ambiental; Evaluación de impacto ambiental
Resumen:
Este Texto refundido deviene de la delegación legislativa en favor de la Junta de Castilla y León establecida en la disposición final cuarta de la Ley 8/2014, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. Su objetivo es, por una parte, estructurar y ordenar en un único texto legal todas las disposiciones y preceptos vigentes en materia de prevención ambiental en la CA, y por otra, regularizar, aclarar y armonizar su terminología y contenido.
Los textos legales refundidos son los siguientes:
a) La Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.
b) El artículo 58 de la Ley 9/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 8 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Azucena Recio González)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 7160/2015 – ECLI:ES:TSJGAL:2015:7160
Temas Clave: Autorización ambiental; Declaración de impacto ambiental; procedimiento administrativo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por unos particulares contra una resolución de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, por la que se propone la aprobación del expediente de información pública del anteproyecto de la E.D.A.R de Silvouta, mejora de los colectores generales y la E.D.A.R. de Santiago de Compostela y del estudio de impacto ambiental.
Dos cuestiones destacan de la sentencia objeto de análisis:
En primer lugar, la Sala analiza -F. 3º- la causa de inadmisibilidad propugnada por la parte demandada, al entender que el objeto del recurso es un anteproyecto, mero acto de trámite al igual que el propio estudio de impacto ambiental (elemento este sobre el que recaen los motivos impugnatorios). No obstante, la Sala desestima tal causa de inadmisibilidad, citando para ello la sentencia de la Audiencia Nacional de 3 de junio de 2014 (recurso 486/2012), al entender que
|