Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 15 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Salas Gallego)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 5172/2020 – ECLI: ES:TSJAND:2020:5172
Palabras clave: Planificación urbanística. Evaluación ambiental estratégica. Aprobaciones provisionales. Tramitación y plazos.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por un particular frente a la Orden de 28 de noviembre de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve la aprobación definitiva parcial de la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Chiclana de la Frontera y contra la Orden de 22 de diciembre de 2016 de publicación de la normativa de la revisión.
Nos centraremos en el siguiente motivo de recurso alegado por la parte actora: “Respecto a la evaluación ambiental estratégica, el ciudadano que quiera rebatir la justificación planteada en la declaración ambiental estratégica final sobre las alternativas adoptadas en la ordenación no le queda más remedio que recurrir a