Energía:
GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Francisco Javier; MORENO SORIANO, Susana et al.; Viabilidad de la regeneración urbana sostenible: hacia el barrio de bajo carbono”. WPS Review International on Sustainable Housing and Urban Renewal (RI-SHUR), n. 5, 2017, pp. 50-66, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.pasosvivienda.uma.es/faces/wps/index.xhtml [Fecha de último acceso 28 de agosto de 2018].
Energía eléctrica:
CALVO VÉRGEZ, Juan. “Pasado, presente y futuro del llamado “bono social” aplicable en el sector eléctrico español”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 40, mayo-agosto 2018, pp. 25-62
Energías renovables:
GARCÍA MATÍES, Rafael; FILIPPI, Francesco. “La implementación de políticas fiscales locales para la promoción de las energías renovables: una propuesta metodológica participativa para los ayuntamientos”. Revista de estudios locales. Cunal, n. 209, 2018, pp. 60-65
SARASÍBAR IRIARTE, Miren. “Crónica del I Congreso Internacional sobre el Derecho de las energías renovables y la eficiencia energética: nuevos retos tras el horizonte 2020”. Administración de Andalucía: revista andaluza de administración pública, n. 97, enero-abril 2017, pp. 351-357, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/institutodeadministracionpublica/servlet/descarga?up=122381#page=351 [Fecha de último acceso 28 de agosto de 2018].
Espacios naturales protegidos:
MONTERO GARCÍA, Francisco et al. “A territorial approach to assess the transition to trellis vineyards in special protection areas for steppe
Decreto 25/2018 de 27 de julio, sobre la conservación de la Posidonia oceánica en las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 93, de 28 de julio de 2018
Temas Clave: Biodiversidad; Posidonia; Cambio climático; Red Natura 2000; Hábitat; Especie; Usos y actividades
Resumen:
La Posidonia oceánica es una fanerógama marina endémica del mar Mediterráneo, de crecimiento muy lento y de una extraordinaria importancia biológica y ecológica, que forma extensas praderas en torno a las Illes Balears, con una superficie de más de 650 km2. Se trata de la vegetación marina más extendida en fondos litorales entre 0 y 35 m de profundidad, llegando hasta los 43 m en el Parque Nacional Marítimo-terrestre del Archipiélago de Cabrera, con una dinámica biológica que incluye el desprendimiento anual espontáneo de una gran parte de biomasa de hojas que se regeneran naturalmente.
Cabe destacar igualmente el importante papel de las praderas en la retención de sedimentos y nutrientes, el refugio para la reproducción de especies así como la oxigenación del agua (produce diariamente hasta 20 litros de O2 por cada m2) y la
Se declara Área Marina Protegida el Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo, se aprueba un régimen de protección preventiva y se propone su inclusión en la Lista de Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (Lista ZEPIM) en el marco del Convenio de Barcelona
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 178, de 30 de junio de 2018
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Especies protegidas; Reservas marinas; Mediterráneo
Resumen:
Las aguas marítimas en las que el Reino de España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción localizadas en el mar Mediterráneo entre las costas de Cataluña y la Comunidad Valenciana y el archipiélago de las Islas Baleares, presentan un gran valor ecológico y constituyen un corredor de migración de cetáceos de fundamental importancia para la supervivencia de estos animales marinos en el Mediterráneo Occidental.
La singularidad de esta zona marina para especies pelágicas de cetáceos y tortugas hacen conveniente su protección mediante la figura de ZEPIM. Todas estas especies están incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial; además, el rorcual común, el cachalote común, el calderón común, los
Cambio climático:
VV.AA. Recensión “Farber, Daniel A; Peeters, Marjan. Climate Change Law”. Environmental Liability: Law, Policy and Practice, vol. 24, n. 3-4, 2016
Energía:
SANGUINETTI, Juan Carlos. Recensión “Derecho de la energía en América Latina, 2 tomos, por Luis Ferney Moreno Castillo y Víctor Rafael Hernández-Mendible (coordinadores) (Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2017, primera edición, 1728 pp., ISBN 978-958-772-719-7)”. Revista argentina de derecho de la energía, hidrocarburos y minería (RADEHM), n. 16, febrero-abril 2018, pp. 191-196
Especies amenazadas:
FOGLEMAN, Valerie. Recensión “Surviving Without Nature. Inside the Equal Access to Justice Act: Environmental Litigation and the Crippling Battle over America’s Lands, Endangered Species, and Critical Habitats. By Lowell E. Baier, Lanham, Maryland: Rowman & Littlefield, 2016, 648 pp.”. Journal of Environmental Law, vol. 29, n. 3, noviembre 2017, pp. 565-578
Se modifica el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOE núm. 112, de 11 de junio de 2018
Temas Clave: Biodiversidad; Especies amenazadas; Fauna; Protección de especies
Resumen:
A través del Decreto 78/2018, de 5 de junio, se ha modificado el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.
En concreto, esta modificación alcanza a su Anexo I, a fin de actualizar las denominaciones de las especies de fauna y flora a las denominaciones de las listas patrón de especies terrestres, fauna y flora, avaladas por la Resolución de 17 de febrero de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (todo ello en concordancia con el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad –Real Decreto 556/2011, de 20 de abril-).
Téngase en cuenta que este Anexo I modificado (actualización de denominaciones más bien) recoge a (i) las especies catalogadas en peligro de extinción; (ii) las especies catalogadas en la categoría de sensible a la alteración de su hábitat; (iii) las especies catalogadas en la categoría de vulnerable; (iv) las especies
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