Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Pedro José Yagüe Gil)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2692/2016- ECLI: ES:TS: 2016:2692
Temas Clave: Regulación; energías renovables; retroactividad
Resumen:
En línea de continuidad con otras Sentencias dictadas por el Tribunal en este mes de junio, la Sala Tercera resuelve el recurso contencioso-administrativo1/553/2014 interpuesto por la Mercantil Hidroeléctrica de la Isabela, S.L contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, solicitando la anulación de la norma por completo o, en su caso, la de la Disposición Final Segunda del Real Decreto.
La Abogacía del Estado presentó, junto a su escrito de conclusiones, los informes de 17 de junio de 2.015 del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) sobre Metodología General para la definición de instalaciones tipo de la Orden 1045/2014 y sobre Metodología específica para la definición de instalaciones tipo de la Orden 1045/2014 en cada área. Y, asimismo, aportó escrito adjuntando la
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: José Manuel Bandres Sánchez-Cruzat)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2689/2016- ECLI: ES: TS: 2016:2689
Temas Clave: Regulación; energías renovables; retroactividad; seguridad jurídica; lucro cesante; sistema retributivo
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve el recurso contencioso-administrativo registrado bajo el número 1/625/2014 interpuesto por la representación procesal de la mercantil SERRERÍA IREGUA, S.A., contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; y contra la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
La recurrente solicita la nulidad de los siguientes artículos del RD 413/2014 y la Orden IET 1045/2014 que establecen un nuevo régimen retributivo específico aplicable a la actividad de cogeneración, contrario a derecho, en infracción de una desviación de poder, y con
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 9 de junio de 2016, que responde cuestión prejudicial de interpretación sobre el Reglamento 1782/2003, sobre ayudas de la política agrícola común (art. 44) planteada por el Tribunal Supremo (España) (ayudas agroambientales)
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Octava), Asuntos acumulados C-333/15 y C-334/15, ECLI:EU:C:2016:426
Temas Clave: Política agrícola común; Ayudas agroambientales; Pastizales
Resumen: El Tribunal de Justicia, respondiendo a cuestión prejudicial del Tribunal Supremo, considera disconforme con el Derecho de la Unión que se condicionen las ayudas de la PAC para pastos permanentes a su empleo efectivo para la cría de ganado de la explotación. Las cuestiones del Tribunal Supremo se referían a la normativa aragonesa que regula estas ayudas y se plantearon en el marco de un litigio entre una agricultora (Sra. Planes Presco) y el Gobierno de Aragón por la denegación de sus solicitudes de pago relativas a nuevas superficies destinadas a pastizal desvinculadas de explotación ganadera.
La Sentencia contiene un exhaustivo análisis del Reglamento comunitario y del sistema de pago establecido para estas ayudas (requisitos) que pone de manifiesto que no
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala sexta), de 10 de marzo de 2016, asunto C-38/15, que resuelve recurso por incumplimiento contra España de la Directiva 91/271, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universitat de València
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-38/1, ECLI:EU:C:2016:156
Temas Clave: Aguas residuales urbanas; instalaciones de tratamiento; vertidos; zonas sensibles; tratamiento adecuado; toma de muestras
Resumen:
El TJUE declara que España ha incumplido el art. 5, apartados 2 y 3, de la Directiva 91/271, por no haber garantizado que el 24 de junio de 2014 (plazo fijado en el dictamen motivado de la Comisión), los vertidos procedentes de cuatro aglomeraciones de más de 10.000 habitantes (Berga, Figueres, El Terri (Banyoles); y, Pontevedra-Marín-Poio-Bueu) cumplieran los requisitos exigidos para las “zonas sensibles” así como, en el caso Pontevedra, el incumplimiento adicional del art. 4, que exige someter el influente a “tratamiento secundario o proceso equivalente”.
La Sentencia comienza recordando que, según la doctrina del Tribunal de Justicia, para cumplir estos preceptos es suficiente presentar una muestra, tomada tras la puesta en funcionamiento de la instalación depuradora, que demuestre que el
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala octava), de 25 de febrero de 2016, asunto C-454/14, que resuelve recurso por incumplimiento contra España de la Directiva 1999/31, relativa al vertido de residuos
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universitat de València
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-454/14, ECLI:EU:C:2016: 117
Temas Clave: Vertederos; instalaciones existentes; plan de acondicionamiento; clausura
Resumen:
El TJUE declara el incumplimiento de España por no haber garantizado que, en 2013, 30 vertederos existentes en la fecha de transposición de la Directiva 1999/31 cumplieran los requisitos ambientales establecidos en su art. 14 para seguir funcionando. En concreto, la condena se debe, de una parte, a la falta de ejecución de todas las medidas de acondicionamiento necesarias para el cierre y sellado de los vertederos de residuos no peligrosos de Ortuella (País Vasco), de Zurita y de Juan Grande (Islas Canarias) (art. 14.c); y, de otra, por no haberse clausurado debidamente los 27 vertederos existentes que no obtuvieron la autorización necesaria para seguir funcionando conforme a la Directiva (art. 14.b).
La Sentencia, tras rechazar la inadmisibilidad parcial del recurso planteada por el Reino de España, comienza recordando que el
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