Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 17 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Desamparados Iruela Jimenez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4182/2020 – ECLI: ES:TSJCV:2020:4182
Palabras clave: Paisaje protegido. Red Natura 2000. Espacio natural protegido. Urbanismo. Memoria económica
Resumen:
Volvemos a traer una nueva sentencia en relación a la designación del espacio Sierra Escalona-Dehesa de Campoamor y sierras colindantes como Paisaje Protegido. En este caso, la actora son un participar, y la mercantil Naranjas del Sureste S.L. Presentan recurso contencioso- administrativo frente al decreto 190/2018, de 19 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se declara paisaje protegido la sierra Escalona y su entorno.
En primer lugar, alegan la nulidad del decreto recurrido porque no existe en el expediente memoria económica a pesar de que la declaración de paisaje protegido comporta no conllevar la declaración de paisaje protegido ningún gasto presupuestario para la administración autonómica.
En relación a esta
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 2568/2018, Ponente: Inés María Huerta Garicano)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 2653/2020 – ECLI: ES:TS:2020:2653
Palabras clave: Patrimonio Natural. Biodiversidad. Plan Especial para la Protección del Medio Natural y el Paisaje. Plan Territorial Sectorial. Evaluación Ambiental Estratégica.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Campings de Sant Pere Pescador contra la Sentencia núm. 895, de 15 de diciembre de 2017, de la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que estimó en parte el recurso contencioso-administrativo deducido por dicha Asociación frente al Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Cataluña GOV/254/2010, de 23 de noviembre, por el que se aprobó definitivamente el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje “Aiguamolls de l’Alt Empordà”, en los términos municipales de Armentera, Castelló d’Empúries, la Escala, Palau-Saverdera, Pau, Pedret i
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 12 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: Cristina Concepción Cadenas Cortina)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 5340/2020 – ECLI: ES:TSJM:2020:5340
Palabras clave: Central nuclear. Almacén Temporal Individualizado. Residuos radiactivos. Declaración de Impacto Ambiental. Participación. ZEPA. Espacios protegidos. Presa de “Valdecañas”. Estudio epidemiológico. Radiaciones ionizantes
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo formulado por “Ecologistas en Acción (Campo Arañuelo)” contra la Resolución del Subsecretario de Energía, Turismo y Agenda Digital de 7 de julio de 2017 que, a su vez, desestimó el recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 14 de diciembre de 2016 que autorizó la ejecución y montaje de la modificación de diseño correspondiente al Almacén Temporal Individualizado (ATI) de la Central Nuclear de Almaraz, y contra la Declaración de Impacto Ambiental de la que trae causa.
Lo que se pretendió con la autorización fue resolver la necesidad de almacenamiento de combustible
Derecho constitucional:
ALMEIDA BORGES, Ana Carolina. O Meio Ambiente Equilibrado Enquanto Garantia Fundamental e Sua Tratativa Frente ao Novo Constitucionalismo Latino Americano. Revista Âmbito Jurídico, n. 178, noviembre 2018, pp. 1-20. Disponible en Internet: https://ambitojuridico.com.br/cadernos/direito-ambiental/o-meio-ambiente-equilibrado-enquanto-garantia-fundamental-e-sua-tratativa-frente-ao-novo-constitucionalismo-latino-americano/ (Fecha de último acceso 26-08-2020).
CORREAL TORRES, Paula Nathalia. La responsabilidad social empresarial en el área medioambiental: una obligación constitucional en Colombia. Iustitia, n. 16, enero- diciembre 2018, pp. 99-118. Disponible en Internet: https://doi.org/10.15332/iust.v0i16.2402 (Fecha de último acceso 07-08-2020).
RAMÍREZ CARVAJAL, Diana María; RINCÓN ZAPATA, Carolina; GÓMEZ BETANCUR, Milany Andrea. Ideas sobre la justicia ambiental y el desarrollo social en Colombia: de la corte constitucional a las aulas de la universidad. Academia & Derecho, n. 18, mayo 2019, pp. 79-103. Disponible en: https://doi.org/10.18041/2215-8944/academia.18.5997 (Fecha de último acceso 22-09-2020).
TREJO CRUZ, Yesenia del Carmen; OME BARAHONA, Anayibe; RESTREPO LIZCANO, John Jairo. Derecho constitucional a un ambiente sano: una pauta para establecer tributos extrafiscales ambientales en Colombia. Academia & Derecho, n. 18, mayo 2019, pp. 51-77. Disponible en: https://doi.org/10.18041/2215-8944/academia.18.5995 (Fecha de último acceso 22-09-2020).
Derechos fundamentales:
AVANCINI MOREAU, Alex José et al. Considerações sobre Necessidade da Tutela Penal do Meio Ambiente. Revista
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 10 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: Rafael Pérez Nieto)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4155/2020 – ECLI: ES:TSJCV:2020:4155
Palabras clave: Paisaje Protegido. Red Natura 2000. Espacio natural.
Resumen:
El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por “Grupo Montepiedra” SA es el Decreto núm. 190/2008, de 19 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, que declara paisaje protegido la Sierra Escalona y su entorno (DOGV núm. 8413).
Esta empresa es propietaria de 650.0000 m2, los cuales han sido incluidos en el espacio del paisaje protegido de la Sierra Escalona y su entorno.
En su tramitación, solicitó la exclusión de sus terrenos al considerarlos que no albergaban suficientes valores naturales para ello, para lo cual aportó informe pericial según el cual la finca no es representativa de mosaico paisajístico de la Comunitat Valenciana y que se considera paisaje agrícola por el PATIVEL, con una calidad
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