Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 12 de marzo de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Álvaro Domínguez Calvo)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 2924/2021 – ECLI: ES: TSJM: 2021:2924
Palabras clave: Urbanismo. Suelo no urbanizable especialmente protegido. Directiva de Hábitats. Zona de máxima protección. Parque Regional. Plan de Ordenación de Recursos Naturales
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso administrativo formulado por la Sociedad Civil “Hermanos Díaz Ballesteros” contra la Orden 902/18, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Madrid, por la que se denegó la calificación urbanística solicitada por la mercantil para la celebración de eventos en edificaciones existentes en la finca “La Mocha”, parcela 5 del polígono 5 del catastro de rústica del término municipal de Villanueva de la Cañada.
De acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de La Cañada, la finca, que cuenta con una superficie de 20,29 hectáreas, se califica como “suelo no urbanizable especialmente protegido Parque Fluvial de
Edificación:
BERMÚDEZ FERNÁNDEZ, Alfredo Lorenzo. Las edificaciones tradicionales en el artículo 40 de la Ley del Suelo de Galicia 2/2016, de 10 de febrero. Reflexiones sobre su interpretación. Revista de Derecho, Agua y Sostenibilidad, n. 2, 2018. Disponible en: http://redas.webs.uvigo.es/images/redas2/estudios/REDAS2_est_01.pdf (Fecha de último acceso 14-07-2021).
Energía:
DÍAZ LÓPEZ, Rosa María; RIVERA DE LA ROSA, Verónica. La reforma energética en México y su impacto en la ocupación superficial para el aprovechamiento de los recursos energéticos. Misión jurídica, vol. 14, n. 20, enero-junio 2021, pp. 198-213. Disponible en: https://doi.org/10.25058/1794600X.1917 (Fecha de último acceso 15-07-2021).
ESCRIBANO, Gonzalo. Conjeturas energéticas para 2020: geopolíticas del petróleo, el gas y el Pacto Verde Europeo. Real Instituto Elcano: estudios internacionales y estratégicos: tema cambio climático, 27 enero 2020, pp. 1-9. Disponible en: http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano_es/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/zonas_es/cambio-climatico/ari7-2020-escribano-conjeturas-energeticas-para-2020-geopoliticas-petroleo-gas-y-pacto-verde-europeo (Fecha de último acceso 28-06-2021).
ESCRIBANO, Gonzalo; LÁZARO TOUZA, Lara. Energía, clima y coronavirus. Real Instituto Elcano: estudios internacionales y estratégicos: tema cambio climático, 27 marzo 2020, pp. 1-15. Disponible en: http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano_es/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/zonas_es/ari31-2020-escribano-lazarotouza-energia-clima-y-coronavirus (Fecha de último acceso 28-06-2021).
VEDOVATO, Luís Renato; MARINI RAVAGNANI, Rachel. New approaches to Energy and Environmental Law. Revista de Direito Ambiental, vol. 23, n. 89, enero-marzo
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 24 de junio de 2021: España ha incumplido las Directivas 2000/60, marco del Agua (arts. 4, 5 y 11); y, 92/43, de hábitats (art. 6.2) en el espacio natural protegido de Doñana
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo LEGAMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Primera, asunto C‑559/19, ECLI:EU:C:2021:512
Palabras clave: Espacios naturales protegidos. Natura 2000. Aguas subterráneas. Planes hidrológicos.
Resumen:
A raíz de varias denuncias presentadas en 2009 ante la Comisión Europea por la sobreexplotación de las aguas subterráneas en el espacio natural de Doñana, protegido por las figuras de parque nacional y parque natural así como también por Natura 2000 (ZEPA/LIC ES0000024; Doñana Norte y Oeste -ZEPA/LIC ES6150009- y Dehesa del Estero y Montes de Moguer -ZEC ES6150012), dicha Institución Europea inició un procedimiento de infracción contra el Reino de España; y, posteriormente, interpuso ante el Tribunal de Justicia, un recurso por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea. La Comisión alegó que en dicho espacio no se habían adoptado las medidas de protección exigidas por
Decreto 127/2021, de 1 de junio, sobre el Parque Natural del Montseny y sobre los espacios del PEIN el Montseny y Cingles de Bertí
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8428 de fecha 8 de junio de 2021
Temas Clave: Espacio natural protegido. Geodiversidad. Flora. Fauna.
Resumen:
El artículo 144 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que corresponden a la Generalitat la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para el establecimiento de normas adicionales de protección. La competencia compartida incluye, entre otras, la regulación de los recursos naturales, de la flora y la fauna y las medidas de protección de las especies, en el marco de las bases que fije el Estado como principios o mínimo común normativo.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, constituye el marco jurídico básico para la conservación, uso sostenible y mejora del patrimonio natural y de la biodiversidad. El artículo 37 de la Ley determina que son las comunidades autónomas las que deben declarar y determinar las fórmulas de gestión de los
Decreto 73/2021, de 21 de mayo, del Consell, de declaración como zonas especiales de conservación (ZEC) de los lugares de importancia comunitaria Els Alforins y Serra del Mugrón, y de aprobación de la norma de gestión de estas y de las zonas de especial protección para las aves (ZEPAS) Els Alforins, Meca-Mugrón-San Benito y Moratillas-Almela
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCV número 9096, de fecha de 31 de mayo de 2021
Temas Clave: Biodiversidad. Red Natura 2000. Aves. Espacios naturales protegidos.
Resumen:
Natura 2000 es una red ecológica europea a la que deben contribuir todos los estados miembros de la Unión Europea aportando aquellos espacios que presenten importantes muestras de aquellos hábitats naturales y hábitats de especies que han sido considerados relevantes, en un contexto europeo, por diversas razones. El objetivo final de la Red Natura 2000 es contribuir a que tales muestras de la biodiversidad alcancen o mantengan un estado de conservación favorable en todo el territorio de la Unión. Los espacios que conforman esta Red son las Zonas Especiales de Protección para las Aves (ZEPA), los Lugares de Importancia
|