ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Energía:
GEHRING, Markus W. “Air Transport Association of America v. Energy Secretary: Clarifying Direct Effect and Providing Guidance for Future Instrument Design for a Green Economy in the European Union”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 21, n.2, julio 2012, pp. 149-153
KROLIK, Christophe. “Energie”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 2, 2012, pp. 385-388
RAZQUÍN LIZÁRRAGA, Martín María. “Energía y medio ambiente: marco normativo y aplicación judicial”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 21, enero-abril 2012, pp. 23-60
Decreto 89/2012, de 28 de junio, por el que se establecen normas adicionales aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión con objeto de proteger la avifauna y atenuar los impacto ambientales (BORM núm. 151 de 2 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Energía; Energía eléctrica; Protección de especies
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo de la legislación básica del Estado y el establecimiento de normas adicionales de carácter técnico para la protección del medio ambiente, aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión que discurran por el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el fin de reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, así como de atenuar el impacto paisajístico y otros impactos ambientales.
Sin perjuicio de lo que disponga el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, quedarán sometidas a las normas establecidas
MONOGRAFÍAS:
Actividades clasificadas:
TOLOSA TRIBIÑO, César. “Actividades clasificadas: comentarios, jurisprudencia, casos prácticos y formularios”. Pamplona: DAPP, 2012. 216 p.
Agricultura:
CASAS FLORES, Raquel. “El suelo de cultivo y las condiciones climáticas”. Madrid: Paraninfo, 2012. 235 p.
COSIALLS UBACH, Andrés Miguel. “El derecho agroalimentario del sector ganadero y la política agrícola”. Granada: Comares, 2012. 200 p.
Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 125 de 29 de junio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Fiscalidad ambiental; Energía; Residuos; Aguas residuales
Resumen:
Las medidas que se establecen en esta Ley son la respuesta que la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ejercicio de su capacidad para establecer y modificar tributos, ofrece a un contexto de crisis económica, de manera que el establecimiento de las medidas adoptadas en ella aportará a las arcas regionales recursos adicionales que contribuirán a equilibrar los presupuestos económicos, reforzar la financiación de servicios públicos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones que la normativa sobre estabilidad impone a la Comunidad Autónoma.
La Ley consta de 68 artículos que se organizan en cuatro Títulos, dos Disposiciones Adicionales, una Disposición Derogatoria y siete Disposiciones Finales.
Dado el amplio contenido de la norma, destacamos las modificaciones de carácter medioambiental que esta introduce:
– Se incrementan los tipos de gravamen en el Impuesto sobre instalaciones
Decreto Ley 7/2012, de 15 de junio de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, y otras actividades. (BOCAIB de 21 de junio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Energía; Energías renovables; Industria; Declaración de utilidad pública
Resumen:
La situación de la crisis económica actual y el número de personas sin trabajo que engrosan las listas del paro requieren que, de manera urgente, el Gobierno de las Illes Balears apruebe una serie de normas para aplicar uniformemente en todo el territorio que ayuden y fomenten la actividad económica en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Así, y bajo la motivación de esa extraordinaria y urgente necesidad que exige el Tribunal Constitucional para legislar por medio de decreto ley, la presente norma adopta una serie de medidas en materia de industria, energía y otras actividades en los términos que vamos a resumir a continuación.
Por lo que respecta a la materia de industria y energía (Capítulo II), el Gobierno balear considera la energía y las nuevas fuentes energéticas materias de gran interés, lo cual está
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