Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Segunda), de 27 de octubre de 2016, asunto C-290/15, por el que se resuelve la cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva 2001/42/CE, de evaluación ambiental estratégica
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-290/15
Temas clave: Evaluación ambiental, planes y programas, ámbito y concepto de plan, reglamento sobre implantación de energía eólica
Resumen:
La cuestión prejudicial se plantea en el seno de un litigio Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre el Sr. D’Oultremont y otros y la Región Valona (Bélgica), en relación con la validez de la Orden del Gobierno valón, de 13 de febrero de 2014, sobre condiciones sectoriales relativas a parques eólicos con una potencia total igual o superior a 0,5 MW, por la que se establece la lista de proyectos sometidos a evaluación de repercusiones y de instalaciones y actividades clasificadas.
El Sr. D’Oultremont y otros presentaron ante el órgano jurisdiccional un recurso de anulación contra esa Orden. Dicha Orden al no haber sido sometida a un procedimiento de evaluación del
Derecho ambiental:
CUYÁS PALAZÓN, Mª Mercedes. “Los Bancos de Compensación Ambiental o Mitigation Banking (MB) en el ordenamiento estadounidense: ¿un modelo a importar?”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n. 179, julio-septiembre 2016, pp. 335-368
GÓMEZ PUERTO, Ángel B. “¿Tenemos derecho al medio ambiente?”. Actualidad administrativa, n. 9, 2016
GÓMEZ SIERRA, Lizeth del Carmen; LEÓN UNTIVEROS, Miguel Ángel. “De los derechos ambientales a los derechos de la naturaleza: racionalidades emancipadoras del derecho ambiental y nuevas narrativas constitucionales en Colombia, Ecuador y Bolivia”. Misión Jurídica: revista de derecho y ciencias sociales, vol. 9, n. 10, 2016, pp. 233-260, [en línea]. Disponible en Internet: http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/article/view/462 [Fecha de último acceso 17 de octubre de 2016].
JOLIVET, Simon. “Droit de l’Union européene, protection de la nature”. Revue juridique de l’environnement, n. 3, septiembre 2016, pp. 584-596
LEBEN, Charles. “Hebrew Sources in the Doctrine of the Law of Nature and Nations in Early Modern Europe”. European Journal of International Law (EJIL), vol. 27, n. 1, febrero 2016, pp. 79-106
MEGÍAS QUIRÓS, José Justo. “El dominio sobre la Naturaleza: de la moderación escolástica al relativismo kantiano”. Persona y derecho: revista de fundamentación de las Instituciones Jurídicas y de Derechos Humanos, n. 70, 2014, pp. 147-169, [en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 10 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 2482/2016 – ECLI:ES:TSJCL:2016:2482
Temas Clave: Montes de utilidad pública; Concesión; Energía eólica; Canon de ocupación; Fórmula de revisión; IPC; Indexación
Resumen:
El presente recurso jurisdiccional deviene de la Resolución del Director General del Medio Natural de 16 de octubre de 2015 a través de la cual se autorizó la modificación del Pliego de Condiciones que regía la concesión de uso privativo, aprobada por Resolución de 24 de agosto de 2.006 de la Dirección General del Medio Natural, de la siguiente manera:
En el punto 4º donde decía:
“Dicho canon será revisable anualmente según el porcentaje de actualización de la tarifa eléctrica de aerogeneradores, que se publica anualmente en el Real Decreto de Actualización de Tarifas Eléctricas; y se actualizará conforme se aprueben aplicaciones de superficie ocupada o modificaciones de la potencia instalada”.
Debe decir:
“Dicho canon se revisará conforme en base al índice de Precios al Consumo (IPC)
Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOA núm. 168, de 31 de agosto de 2016
Temas clave: Energía; Energía eólica; Energías renovables
Resumen:
La aprobación en su día del Decreto 124/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía a partir de energía eólica, trajo consigo una importante conflictividad judicial que supuso, de facto, al margen de otros factores, la paralización de la paulatina implantación de nuevos proyectos de producción de energía de origen eólico en Aragón.
De este modo, y a tenor de la complejidad derivada de dicha conflictividad y los numerosos fallos judicial recaídos (hasta 34 sentencias favorables a los recursos interpuestos por empresas del sector), se dicta este Decreto-Ley a fin de ordenar la ejecución de las sentencias, teniendo en
Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de julio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 3795/2016- ECLI: ES: TS: 2016:3795
Temas Clave: Estudio Estratégico Ambiental; litoral; parques eólicos marinos
Resumen:
La presente Sentencia resuelve el recurso de Casación 1623/2015 interpuesto por la Administración General del Estado, contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en fecha 4 de diciembre de 2014, en el Recurso Contencioso-administrativo 407/2009, sobre aprobación de estudio estratégico ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos, siendo parte recurrida la Xunta de Galicia. Dicho recurso fue promovido por la Xunta de Galicia, siendo demandada la Administración General del Estado y codemandada la Fundación Oceana, contra la Resolución conjunta de la Secretaría General de Energía y de la Secretaría General del Mar, de 16 de abril de 2009 por la que se aprueba el estudio estratégico ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos, publicada en el BOE de 8 de mayo de 2009, mediante resolución de 30
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