Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de marzo de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ. ID CENDOJ: 28079130032010100143
Temas Clave: Declaración de utilidad pública de central térmica por Acuerdo del Consejo de Ministros. Nulidad. Sector eléctrico. Legitimación activa de Asociación Ecologista. Derecho de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Resumen:
A tenor de lo dispuesto en el contenido de la sentencia, el Alto Tribunal enjuicia en este caso el recurso interpuesto por la Asociación “Ecologistas en Acción-Coda” contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de junio de 2007, por el que se declaraba de utilidad pública la Central Térmica de Ciclo Combinado de Morata de Tajuña en la provincia de Madrid, publicado en el BOE de fecha 14 de julio de 2007 por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
La Asociación ecologista interesa esencialmente la nulidad del citado Acuerdo y
Fuente: Europapress. Última Consulta: 7/11/2009
En sentencia dictada el pasado 15 de julio de 2009, el Tribunal Supremo declaró nulo el apartado 4.A.a. del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión 2005-2007, aprobado por Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por considerar que el método de asignación de derechos de emisión de CO2 definido en la norma provoca “diferencias injustificadas” entre las instalaciones del sector eléctrico que afectan a la competencia, al tomar como referencia las emisiones de 2000-2002, según el texto de la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.
En noviembre de 2004, las entonces Electra Viesgo Distribución y Viesgo Generación, actualmente propiedad e E.ON, presentaron recurso contencioso administrativo cuestionando la legalidad del método de asignación, alegando que ésta generaba “diferencias injustificadas” entre las diferentes instalaciones eléctricas y “favorecía a determinadas empresas” falseando la competencia.
Orden ITC/1721/2009, de 26 de junio, por la que se regula, para el año 2007, la minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en el importe equivalente al valor de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados gratuitamente (BOE de 29 de junio de 2009).
El Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, establece en su artículo 2 que la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica se minorará por el importe equivalente al valor de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados gratuitamente a los productores de energía eléctrica en el Plan Nacional de Asignación 2005-2007 durante los periodos que correspondan.
El objeto de la orden ITC/1721/2009, de 26 de junio, en vigor a partir de hoy, es la regulación de la minoración correpondiente al año 2007. Lo dispuesto en ésta norma afectará a los titulares de cada una de las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario, cualquiera que sea su tecnología, en el territorio peninsular, considerándose excluida su aplicación cuando se trate de instalaciones de generación de energía eléctrica en régimen especial, instalaciones a las que hace referencia
Orden ITC/1722/2009, de 26 de junio, por la que se regula, para el año 2008 y el primer semestre de 2009, la minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en el importe equivalente al mayor ingreso derivado de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (BOE de 29 de junio de 2009).
El artículo 2 del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, establece que la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica se minorará por el importe equivalente al valor de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados gratuitamente a los productores de energía eléctrica en el Plan Nacional de Asignación 2005-2007 durante los periodos que correspondan.
Por su parte, el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012, estableció la asignación gratuita a las instalaciones de producción de energía eléctrica de un promedio anual de 53,630 millones de toneladas de CO2 para el citado período. El 2 de noviembre de 2007 el Consejo de Ministros aprobó la asignación individualizada de los derechos de emisión para el correspondiente periodo y el 20 de marzo de
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