Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 4 de noviembre de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: José Antonio Parada López)
Autora: Jennifer Sánchez González. Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de A Coruña.
Fuente: Roj: STSJ GAL 7665/2022 – ECLI:ES:TSJGAL:2022:7665
Palabras clave: Dominio público hidráulico. Sanción. Vertidos. Prescripción.
Resumen:
La sentencia resuelve un recurso contencioso-administrativo interpuesto por Prebetong Aridos, S.L. contra la Resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, de fecha de 17 de diciembre de 2020 por la que se desestima el recurso de reposición formulado por la sociedad mercantil el 9 de diciembre de 2019, contra resolución sancionadora de 31 de octubre del mismo año, de la que trae causa el asunto.
Prebetong Aridos SL es la explotadora de la Cantera de Cabernouro (Couso, Ponteareas) y para su ejercicio cuenta con la autorización de vertido del Organismo de cuenca, otorgada por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (en adelante CHMS) en el año 2022 por un plazo de 20 años.
La CHMS acordó incoar, el 31 de octubre de 2018, un expediente sancionador frente a Prebetong Áridos
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 310, de 28 de diciembre de 2023)
Palabras clave: Energías renovables. Promotores. Autorizaciones administrativas de construcción y explotación. Plazos. Red de transporte. Autoconsumo. Permisos de acceso y conexión. Centrales térmicas. Centrales nucleares. Nudos de Transición Justa. Hidrocarburos. Subastas de renovables. Sequía. Agricultura. Aguas. Cuencas hidrográficas. Confederaciones hidrográficas. Comisión Permanente de la Sequía. Dominio público hidráulico. Centrales hidroeléctricas reversibles. Concesiones.
Resumen:
Son ya varios los decretos leyes que conforman la cadena cuyo origen está en la guerra de Ucrania, a la que ahora también se suma el conflicto de Oriente Próximo y, por si fuera poco, se adicionan medidas para paliar los efectos de la sequía. Aunque sigue costando comprender toda esta mezcla de cuestiones variopintas en una misma norma, me detendré en aquellas más directamente
Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de octubre de 2023 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 4053/2022, Ponente: Ángel Ramón Arozamena Laso)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo (acreditada como Catedrática) de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT) y del Institut Universitari de Recerca en Sostenibilitat, Canvi Climàtic i Transició Energètica (IU-RESCAT).
Fuente: STS 4344/2023 – ECLI:ES:TS:2023:4344
Palabras clave: Aguas. Vertidos. Saneamiento y Depuración. Dominio Público Hidráulico. Obras de urbanización. Municipios.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Confederación Hidrográfica del Júcar (Administración General del Estado) contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 31 de marzo de 2022. Dicha sentencia estimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Pego contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 19 de septiembre de 2018 ¾confirmada en reposición por otra de 14 de marzo de 2019¾, por la que se imponía al Ayuntamiento de Pego una sanción de 3000€ por
Planificación Hidrológica de las Demarcaciones de Gran Canaria y Tenerife
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente:
Decreto 370/2023, de 18 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria, tercer ciclo (2021-2027). (BOCAN núm. 191, de 27 de septiembre)
Decreto 372/2023, de 18 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife, tercer ciclo (2021-2027). (BOCAN núm. 191, de 27 de septiembre)
Palabras clave: Planificación hidrológica. Gran Canaria. Tenerife. Dominio público hidráulico. Aguas. Objetivos Medioambientales.
Resumen:
Estos dos Planes tienen por objeto establecer las medidas para conseguir los objetivos de la planificación hidrológica en las Demarcaciones Hidrográficas de Gran Canaria y Tenerife, y concretamente, para las masas de agua y las zonas protegidas, los objetivos ambientales definidos en el artículo 92 bis del texto refundido de Ley de Aguas.
Debe precisarse que, desde el punto de vista territorial y urbanístico, los Planes Hidrológicos Insulares merecen
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 12 de julio de 2023 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Elena Concepción Méndez Canseco)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 785/2023 – ECLI:ES:TSJEXT:2023:785
Palabras clave: Concesiones. Dominio público hidráulico. Red Natura 2000. Declaración de impacto ambiental. Regadío. Hábitats y Especies. Dehesas.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por una mercantil contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 11 de diciembre de 2021, que otorgó una concesión para el aprovechamiento de aguas superficiales procedentes del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, para detraer un caudal máximo instantáneo de 106,42 litros por segundo en jornada de 10 horas, con destino a riego de 158-36-00 en la finca Zarzalejo, término municipal de Logrosán (Cáceres) y sin que pueda sobrepasar un volumen de 446.334,49 metros cúbicos.
A su vez, la Confederación denegó la petición referente al aprovechamiento para riego de otras 278 hectáreas (la llamada Zona 2) en tanto que la Declaración
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