Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla – La Mancha de 30 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Jesús Martínez Escribano Gómez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1108/2019 – ECLI: ES:TSJCLM:2019:1108
Temas Clave: Vertidos; aguas; sanción
Resumen:
La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) sancionó con una multa de 20.165€ al Ayuntamiento de Toledo por realizar un vertido susceptible de contaminar con obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidráulico (DPH), determinados en 6.049’73€, ello mediante Resolución de 18 de septiembre de 2017.
La CHT fundamenta la sanción en los siguientes artículos del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA): 1) artículo 116.f ), que tipifica como infracción “los vertidos que puedan deteriorar la calidad del agua o las condiciones de desagüe del cauce receptor, efectuados sin contar con la autorización correspondiente”; 2) artículo 117, que califica la conducta realizada como una infracción menos grave; y 3) artículo 118, que prevé la posibilidad de obligar al infractor “a reparar los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico, así
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de fecha 26 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1. Ponente: María Desamparados Iruela Jiménez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2143/2019 – ECLI: ES:TSJCV:2019:2143
Temas Clave: Aguas; Aguas subterráneas; Contaminación; Vertidos, Autorización; Lixiviados; Dominio público hidráulico
Resumen:
Se interpone por la UTE Alicante recurso contencioso-administrativo, frente a la resolución de la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 20 de noviembre de 2015, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por aquélla contra la resolución de esa Presidenta de 21 de mayo de 2015, dictada en el expediente nº NUM000 , por la que se impuso a dicha UTE una sanción de 3.000 € por la comisión de una infracción calificada como leve tipificada en el art. 116.3.f) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, por la perpetración de los siguientes hechos: efectuar vertido indirecto de lixiviados a las aguas subterráneas, sin contar con la autorización correspondiente, en los polígonos NUM001 y NUM002 del término municipal de Alicante (centro de tratamiento de residuos urbanos de Alicante), en los piezómetros reseñados en tal
Sentencia del Tribunal Supremo, de 24 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Inés María Huerta Garicano)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1651/2019 – ECLI: ES:TS:2019:1651
Temas Clave: Aguas; Reservas naturales fluviales; Arroyos; Propiedad privada
Resumen:
Examina la Sala el recurso formulado por una persona particular frente al Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que, además de crear el Catálogo Nacional de Reservas Hidrológicas, se declaran 82 reservas naturales fluviales en demarcaciones hidrográficas intercomunitarias. Lo que ahora interesa es la inclusión del “Arroyo de la Tejuela” en la Reserva Natural Fluvial Gargáligas Alto (Cuenca Hidrográfica del Guadiana) a su paso por la finca propiedad de la recurrente.
La recurrente sostiene que no se han cumplido los requisitos exigidos por el artículo 22 del Reglamento de Planificación Hidrológica (actualmente se remite al artículo 244 bis y ss. del RDPH). Insiste en que el arroyo no se incluyó en la propuesta elaborada por el CEDEX (organismo público dependiente de los entonces Ministerios de Fomento y Medio Ambiente) en 2008 ni tampoco la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, de 21 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso. Murcia. Sección 2. Ponente: Enrique Quiñonero Cervantes)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 166/2019 – ECLI: ES:TSJMU:2019:166
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Confederación Hidrográfica; Planificación hidrológica; Recursos hídricos; Dominio público hidráulico; Ayuntamiento
Resumen:
Se interpone por la Confederación Hidrográfica del Segura recurso contencioso administrativo contra la sentencia nº 104, de fecha 16 de mayo de 2.017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 2 de Murcia en el recurso contencioso administrativo nº. 294/2016 , sobre competencia de limpieza de río, en el que figuran como parte apelante la Confederación Hidrográfica del Segura , representada y defendida por el Abogado del Estado, y como parte apelada el Ayuntamiento de las Torres de Cotillas
La pretensión de la demandante es que por la Sala se dicte Sentencia por la que se estime su recurso y para ello aporta jurisprudencia del Tribunal Supremo que versa sobre cuestiones idénticas, es decir, acerca de la competencia de los organismos de cuenca para la limpieza de los cauces de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 20 de septiembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Pedro Marcelino Rodríguez Rosales)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AND 11563/2018 – ECLI:ES:TSJAND:2018:11563
Temas Clave: Clasificación de suelos; Dominio público hidráulico; Evaluación ambiental; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable; Urbanismo
Resumen:
Por una asociación ecologista se interpone recurso contencioso-administrativo contra dos resoluciones de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 16 de diciembre de 2014 y de 9 de febrero de 2015, a través de las cuales se aprueba definitiva y parcialmente la Innovación 34 de la Adaptación Parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, categoría de suelo no urbanizable (protección específica cauce de aguas y de protección agrícola) del municipio de Arahal (Sevilla).
Según se desprende de la sentencia, a través de estas resoluciones se estaba modificando el suelo no urbanizable de especial protección del municipio, parte del cual pasaba a considerarse suelo no urbanizable genérico.
Hay que tener en cuenta que, según consta en el Fundamento de Derecho Segundo, en las Normas Subsidiarias de Arahal de 1994, existía un régimen
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