Decreto catalán 68/2010, de 25 de mayo, sobre tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación y del Registro General del Código Técnico de la Edificación (DOGC núm. 5638, de 28 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
El Decreto 68/2010, de 25 de mayo, adoptado de acuerdo con las competencias que el Estatuto de Autonomía otorga a la Generalitat en su artículo 137, tiene por objeto establecer el procedimiento de tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación, con el fin de adecuar este Código a las concretas exigencias del territorio y de la población de Cataluña. El cumplimiento de esta finalidad se realiza a través de la Subcomisión sobre la aplicación del Código Técnico de la Edificación en Cataluña, que se adscribe al Consejo de Calidad, Sostenibilidad e Innovación de la Vivienda, a quien corresponde emitir los informes técnicos sobre las solicitudes de reconocimiento de los documentos presentados, para la aprobación de los documentos reconocidos
Decreto 30/2010 de 22 de abril, por el que se regula la ejecución de los programas de desarrollo rural sostenible en Cantabria. (BOC núm. 84, de 4 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Esta norma se enmarca dentro del nuevo modelo de desarrollo rural basado en la necesidad de adoptar políticas que inviertan el proceso de despoblamiento, combatan la desigualdad, fomenten el empleo y, en definitiva, remedien los desequilibrios territoriales que en este caso padece la Comunidad Autónoma de Cantabria.
De conformidad con la normativa básica, el objeto del Decreto se ciñe a la delimitación de las zonas rurales del territorio de Cantabria, su calificación y el establecimiento de las Directrices Estratégicas Territoriales de Ordenación Rural así como la redacción y ejecución de los planes de zona, incluida la creación de órganos de consulta y participación.
Para comprender el contenido de la norma, se parte de la definición del medio rural de Cantabria, dividido en cinco zonas que se califican en zonas rurales a revitalizar y zonas rurales periurbanas. El Capítulo
Título: “O Ambiente no Tratado de Lisboa: Uma relação sustentada”
Autores: Carla Amado Gomes. Professora Auxiliar da Faculdade de Direito da Universidade de Lisboa, Professora Convidada da Faculdade de Direito da Universidade Nova de Lisboa
Tiago Antunes. Assistente Convidado da Faculdade de Direito da Universidade de Lisboa
Fecha de recepción: 1/ 03 / 2010
Fecha de aceptación: 10 / 03 / 2010
Resumen:
O artigo aborda o quadro de novidades promovidas polo Tratado de Lisboa no dominio da política ambiental: a definição do conceito de desenvolvimento sustentável, que com a aprovação do Tratado de Lisboa ganha uma importância acrescida e expõe novas manifestações, a introdução da luta contra as alterações climáticas como objectivo da União, a promoção da utilização de recursos renováveis com vista a generação de energia, e o fortalecemento das vías de exercício da cidadanía ambiental com a nova possibilidade de iniciativa lexislativa a través do direito de petição colectiva.
Palabras Clave:Tratado de Lisboa, Politica ambiental, AlteraÇoes climaticas, PromoÇao das energias renováveis, Cidadanía ambiental
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00034
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla, de 17 de septiembre de 2009 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, Ponente: José Santos Gómez)
Autor de la Nota: Guillermo Godoy Vega, Becario de iniciación y apoyo a la investigación de la UDC
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 41091330022009101224
Temas clave: Plan General de Ordenación Urbana; revisión; construcción en terrenos de un parque; calificación; discrecionalidad administrativa; desarrollo sostenible; principio de integración; Huella Ecológica; indeterminación del recurso.
Resumen:
Una comunidad de propietarios interpone recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, de 28 de julio de 2006, que aprueba la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla, referida a la construcción de una Biblioteca Universitaria en terrenos calificados como Parque.
La parte actora defiende que el proyecto de construcción de la biblioteca en ese terreno es contrario a las exigencias de protección de medio ambiente derivadas del art. 45 de la Constitución.
Orden de 7 de enero de 2010 por la que se aprueba el modelo de autoliquidación del canon eólico creado por la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (DOG nº 8, de 14 de enero de 2010)
El artículo 18.2.º de la Ley 8/2009 , de 22 de diciembre, que regula el aprovechamiento eólico en Galicia y crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, hace una habilitación normativa para que la consellería competente en materia de energía apruebe los modelos de autoliquidación del tributo.
En aplicación del precepto citado precepto, mediante Orden de 7 de enero de 2009 se aprueba el modelo de autoliquidación a fin de que los sujetos pasivos (personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4.º de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, que, bajo cualquier título, lleven a cabo la explotación de un parque eólico aunque no sean titulares de una autorización administrativa) cumplan con lo establecido en la referida norma y autoliquiden la prestación patrimonial que les obliga.
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