Reglamento Delegado (UE) núm. 522/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas detalladas sobre los principios para la selección y gestión de acciones innovadoras de desarrollo urbano sostenible que vayan a recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOUE L 148, de 20 de mayo de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Desarrollo urbano sostenible
Resumen:
Con esta disposición se viene a complementar al Reglamento comunitario sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo; concretamente en lo que respecta a las normas detalladas sobre los principios para la selección y gestión de acciones innovadoras de desarrollo urbano sostenible que vayan a recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Agricultura:
BUENO ARMIJO, Antonio María. “Una alternativa al procedimiento de incumplimiento: las correcciones financieras de la política agrícola común”. Civitas. Revista española de derecho europeo, n. 46, 2013, pp. 29-75
Aguas:
FRANCO GARCÍA, Miguel Ángel. “Cuestiones administrativas en torno a la regulación de los tramos internacionales de los ríos Miño y Bidasoa”. Revista Aranzadi Doctrinal, n. 2, 2014, pp. 205-223
GORDON, Greg. “Environmental liability for offshore oil and gas operations in the UK”. Environmental Liability, vol. 21, n. 3, 2013, pp. 108-132
MOREU BALLONGA, José Luis. “El maltrato originario y creciente, por la legalidad vigente, a la propiedad privada del agua”. Revista de administración pública, n. 193, enero-abril 2014, pp. 335-373
WOUTERS, Patricia. “’Dynamic cooperation’ in international law and the shadow of state sovereignty in the context of transboundary waters”. Environmental Liability, vol. 21, n. 3, 2013, pp. 83-97
Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (BOCAIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Urbanismo; Ordenación del territorio; Propiedad del suelo; Sostenibilidad ambiental, social y económica; Suelo urbano, urbanizable y rústico; Asentamiento en el medio rural
Resumen:
El objeto principal de esta ley es fijar una regulación integral de la actividad administrativa en materia de urbanismo en las Illes Balears, desde su perspectiva de función pública, y configurada en el marco del bloque normativo ambiental, sin olvidar el principio de desarrollo sostenible. A la vez, se fija el sistema para integrar e incardinar esta materia en la ordenación del territorio, que debe proporcionar una visión más global, sin que implique la imposición de un modelo concreto. Y define el régimen jurídico urbanístico de la propiedad del suelo de acuerdo con su función social.
Agricultura:
ALONSO GARCIA, R. “Arrendamientos rústicos y legislación agraria básica” (28ª ed.). Madrid: Thomson-Civitas, 2014. 670 p.
Aguas:
GOONETILLEKE, Ashantha et al. “Sustainable Urban Water Environment: Climate, Pollution and Adaptation”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2014. 304 p.
WEIBUST, Inger; MEADOWCROFT, James. “Multilevel Environmental Governance: Managing Water and Climate Change in Europe and North America”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2014. 296 p.
Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. (BOCyL núm. 55, de 20 de marzo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Agricultura; Alimentación; Desarrollo rural; Planes de Ordenación de Zonas de Especial Interés Agrario; Concentración parcelaria
Resumen:
En el marco de la importancia fundamental que el sector agrario representa en el desarrollo de Comunidad de Castilla y León y la fuerte vinculación existente entre este sector y la industria agroalimentaria, que a su vez desarrollan actividades conectadas al territorio; se aprueba esta ley, basada en dos premisas básicas: por una parte, en el carácter estratégico que poseen el sector agrario y la industria agroalimentaria para la economía regional y, por otra, en el reconocimiento de la importancia que tiene la actividad agraria en el desarrollo socioeconómico y ambiental de esta Comunidad.
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