Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 18 de marzo de 2010. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede de Burgos. Ponente: José Matías Alonso Millán.
Fuente: CEDOJ. ID. Nº 09059330012010100093
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas Claves: Aguas; Vertidos; Sanción; Confederación Hidrográfica.
Resumen:
Es objeto de la Sentencia de 18 de marzo de 2010, la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, de fecha de 4 de octubre de 2007, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la Resolución de 6 de agosto del mismo año, por la que se impone al recurrente de la misma una sanción de novecientos euros de multa y se le requiere para que proceda a no realizar más ese tipo de actuaciones, esto es vertidos a las aguas competencia de la citada Confederación.
El recurrente opone ante la citada sanción distintas cuestiones, por un lado una supuesta violación del principio de culpabilidad; en segundo lugar, no haberse producido la acreditación de la verdadera existencia del vertido; en tercer lugar, una clara situación de indefensión