14 July 2023

Current Issues

Legislación al día. Canarias. Planes Hidrológicos

Aprobación definitiva de Planes Hidrológicos Insulares de Canarias

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto 86/2023, de 25 de mayo, por el que se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de El Hierro, tercer ciclo (2021-2027). (BOCAN n. 112, de 12 de junio de 2023)

Decreto 102/2023, de 15 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de La Gomera, tercer ciclo (2021-2027). (BOCAN n. 122, de 23 de junio de 2023)

Palabras Clave: Aguas. Planificación. Demarcaciones Hidrográficas. Dominio público hidráulico. Objetivos ambientales.

Resumen:

Los presentes planes tienen por objeto establecer las medidas para conseguir los objetivos de la planificación hidrológica en las respectivas Demarcaciones Hidrográficas de La Gomera y El Hierro, y concretamente, para las masas de agua y las zonas protegidas, los objetivos ambientales definidos en el artículo 92 bis del texto refundido de Ley de Aguas.

El contenido de los planes hidrológicos insulares se regula en el artículo 38 de la Ley

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14 July 2023

Current Issues

Actualidad al día. Canarias. Gestión de riesgos. Inundaciones

Planes Especiales de Gestión del Riesgo de Inundación en Canarias

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto 87/2023, de 25 de mayo, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de El Hierro, segundo ciclo (2021-2027). (BOCAN núm. 113 de 13 de junio)

Decreto 101/2023, de 15 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de La Gomera, segundo ciclo (2021-2027). (BOCAN núm. 121, de 22 de junio)

Palabras clave: Aguas. Planificación. Inundación. Demarcaciones Hidrográficas.

Resumen:

La Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, incluye entre sus objetivos el de establecer un marco para la protección de las aguas superficiales continentales, las aguas de transición, las aguas costeras y las aguas subterráneas, que contribuya a paliar los efectos de las inundaciones y sequías. El primero de los fenómenos ha sido objeto de desarrollo específico mediante la Directiva 2007/60/CE, del

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16 June 2023

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Actualidad al día. Andalucía. Riesgo de inundación. Demarcación hidrográfica

Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas para el periodo 2022-2027. (BOJA núm. 81, de 2 de mayo)

Palabras clave: Planificación hidrológica. Masas de agua. Objetivos medioambientales. Riesgo de inundación. Memoria. Normativa.

Resumen:

A través de este Acuerdo se aprueban inicialmente los Planes referenciados sin perjuicio de su remisión al Gobierno de la Nación para su aprobación definitiva. La elaboración de los planes de gestión del riesgo de inundación, y sus revisiones posteriores, se deben realizar en coordinación con las revisiones de los planes hidrológicos de cuenca y podrán integrarse en las mismas. Esto ha motivado que ambos planes, de esta demarcación hidrográfica, hayan conformado un único expediente administrativo, que ha contado con fases

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20 April 2023

Current Case Law Supreme Court

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. España. Trasvase Tajo-Segura

Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2023 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Inés María Huerta Garicano)

Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva

Fuente: ROJ STS 490/2023- ECLI: ES: TS: 2023:490

Palabras clave: Trasvase. Reglas de explotación. Situación excepcional. Participación.

Resumen:

Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo núm. 386/21, interpuesto por la Generalidad de Valencia contra el Real Decreto 638/2021, de 27 de julio por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura. Son partes demandadas la Administración General del Estado; la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El recurso plantea la nulidad del Real Decreto, atendiendo la modificación que la norma opera sobre el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo- Segura. Dicha modificación afectaba, fundamentalmente, al artículo 1 del referido Real Decreto de 2014, en cuanto a las reglas de explotación del Trasvase Tajo-Segura, determinando los niveles de los

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12 April 2023

Spain Current Legislation

Legislación al día. España. Zonas sensibles. Cuencas intercomunitarias. Vertidos

Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se declaran las zonas sensibles en las cuencas intercomunitarias

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: (BOE n. 58, de 9 de marzo)

Palabras clave: Aguas residuales urbanas. Vertido. Zonas sensibles. Tratamiento. Cuencas hidrográficas. Aglomeraciones urbanas. Registro.

Resumen:

La Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, establece una serie de medidas con la finalidad de garantizar que dichas aguas sean tratadas correctamente antes de su vertido. Las «zonas sensibles» se definen según los criterios establecidos en el anexo II de la Directiva.

Siguiendo lo previsto en la Directiva, el ordenamiento español dispone que los vertidos de aguas residuales procedentes de aglomeraciones urbanas con carga superior a los 10.000 habitantes-equivalentes que se produzcan sobre las «zonas sensibles» o sus áreas de captación deben someterse a un tratamiento más riguroso que el secundario.

Conforme a lo previsto en el artículo 7.3 del Real Decreto-ley

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