Sentencia de 14 de diciembre de 2007 del juzgado núm. 6 de Orihuela
Palabras claves: delito ecológico; artículos 325 y 326; toma de muestras; método científico; levantamiento del acta; vertidos directos a aguas continentales; vertidos a colectores municipales; prueba pericial; comisión por omisión. Resumen: La sentencia se pronuncia sobre la acusación de delito ecológico por vertidos al río Segura derivados de diversas actividades contaminantes. Son acusados los administradores de estas empresas y los presidentes y comisarios de aguas de la Confederación Hidrográfica del río Segura por dejación de sus funciones, cometiendo en la modalidad de comisión por omisión, el delito contra el medio ambiente previsto y penado en el artículo 325, en relación con el artículo 326 del Código Penal.
Interesa destacar los siguientes extractos:
“(…) El Tribunal Supremo en su sentencia de 23 de noviembre de 2001, determina claramente cuáles son los requisitos que deben cumplirse en la toma de muestras para que el contenido de éstas pueda ser valorado