Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Quinta) de 23 de Julio de 2012. (Ponente Don Rafael Fernández Valverde)
Autor: Jaime Doreste Hernández. Abogado Ambientalista. Máster en Derecho Ambiental.
Fuente: ROJ STS 5564/2011
Temas Clave: Medio Ambiente; Costas; servidumbre de protección; autorización; competencia; Urbanismo; Estudio de Detalle; Licencia.
Resumen:
La Dirección General de Puertos y Costas de la Generalitat Valenciana autorizó en el año 2005 la construcción de un complejo residencial en Benidorm formado por dos bloques de viviendas de 21 plantas cada uno, cuatro plantas de aparcamientos y una piscina en una zona afectada por las servidumbre de tránsito y protección de la costa en virtud del el deslinde del dominio público marítimo terrestre de la zona, aprobado por Orden Ministerial de 10 de junio de 1971.
Este complejo hotelero contaba por lo demás con licencia municipal desde el 1 de junio de 1988, antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas, si bien tal licencia estaba sometida a dos condiciones que impedían la consolidación del derecho a edificar, como son “la adecuación del proyecto edificatorio a la volumetría máxima… y a la aprobación