Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 27, de 2 de marzo de 2019
Temas Clave: Energía; Combustibles; Transporte; Emisiones; Vehículo eléctrico; Participación; Cambio climático; Acuerdo de París; Organismos; Gobernanza; Instrumentos de planificación; Plan de Transición Energética y Cambio Climático; Eficiencia energética; Energías renovables; Huella de carbono; Biocombustibles; Autoconsumo de energía; Contratación pública; Consumidores; Inspección; Régimen sancionatorio
Resumen:
Las Illes Balears son la comunidad autónoma con más dependencia energética exterior y menor implantación de renovables. Una parte importante de los combustibles fósiles utilizados en la generación de electricidad, como el carbón o el fuel, son especialmente contaminantes. Además, la ratio de coches privados por habitante es superior a la media estatal. Según un reciente informe elaborado por la Universidad de las Illes Balears, el archipiélago balear constituye el territorio que registra el índice de intensidad turística más elevado de los territorios insulares del mundo.
Por otra parte, con relación a la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, en las Illes Balears
Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 18, de 9 de febrero de 2019
Temas Clave: Agricultura; Alimentación; Ganadería; Espacios forestales; Ordenación del territorio; Biodiversidad; Paisaje; Desarrollo rural; Comercialización; Usos agrarios; Contratación pública verde; Suelo rústico; Zonas de alto valor agrario; Plan forestal; Registros; Competencias; Residuos; Estiércol; Aprovechamientos forestales; Biomasa; Agroturismo; Planeamiento; Servicios ambientales; Contratos territoriales; Custodia del territorio; Bancos de tierra; Producción ecológica; Asociacionismo agrario; Infracciones y sanciones; Organismos genéticamente modificados
Resumen:
La actividad agraria es estratégica para la sociedad y la economía de las Illes Balears, teniendo en cuenta que las islas son territorios especialmente vulnerables ante la dependencia externa de alimentos y entradas agrarias. El mantenimiento de los sistemas agrarios resulta imprescindible tanto para la seguridad alimentaria de la población residente como para la conservación del territorio, el paisaje, el medio y la biodiversidad rurales. De ahí la apuesta por la seguridad y la soberanía alimentarias.
Dentro de este marco, la presente ley tiene por objeto la ordenación general de los sectores agrícola, ganadero, agroalimentario, forestal y el
Competencias:
RUIZ PERIS, Juan Ignacio. “Competencia en mercados con recursos esenciales compartidos: telecomunicaciones y energía”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters – Aranzadi, 2019. 180 p.
Contaminación de suelos:
BOLAÑO PIÑEIRO, Mª del Carmen. “El nuevo régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma del País Vasco: (adaptado a la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la Prevención y Corrección de la Contaminación del Suelo)”. Bilbao: Instituto Vasco de Administraciones Públicas (IVAP), 2019. 335 p.
Contratación pública verde:
GALÁN VIOQUE, Roberto Rafael (Dir.). “Las clausulas ambientales en la contratación pública”. Sevilla: Universidad de Sevilla, 2019. 288 p.
Delito ecológico:
DELGADO GIL, Andrés. “Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente (2ª ed.)”. Madrid: Centro de Estudios Financieros (CEF), 2019. 262 p.
RODRÍGUEZ ALMIRÓN, Francisco. “Delitos urbanísticos”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters – Aranzadi, 2019. 161 p.
Derecho ambiental:
LUIS LORENZETTI, Ricardo; LORENZETTI, Pablo. “Principios e instituciones de Derecho ambiental”. Madrid: La Ley- Wolters Kluwer, 2019. 544 p.
Derecho constitucional:
TRONCOSO REIGADA, Antonio. “Los bioderechos y la interpretación constitucional a la luz de la dogmática alemana”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters – Aranzadi, 2019. 272 p.
Desarrollo sostenible:
SILVA JUNIOR, Sidney Rosa Da. “La mediación de conflictos ambientales:
Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025)
Autor: Fernando Vicente Davila. Doctor en Derecho Ambiental, Universidad de Vigo
Fuente: BOE núm 30, de 4 de febrero de 2019
Temas clave: Contratación Pública Ecológica (CPE); impacto ambiental; claúsulas ambientales; plan de contratación; administraciones públicas
Resumen:
El pasado 31 de enero el Consejo de Ministros a través de la Orden PCI/86/2019 aprobó el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado (2018-2025) como un instrumento de impulso y facilitación del crecimiento económico, desde el planteamiento de una economía circular, baja en carbono, eficiente en recursos, sin residuos, no contaminante y eco-innovadora.
El Plan es de aplicación a la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social en la contratación pública de los bienes, obras y servicios que la UE considera prioritarios según su punto primero.
En esta orden se define en el punto segundo como contratación pública
Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOE núm. 251, de 28 de diciembre de 2018
Temas clave: Comunidades Autónomas; Contratación pública verde; Economía sostenible; Política ambiental
Resumen:
De conformidad con el expositivo, esta Ley se aprueba con el fin de revisar y modernizar las normas vigentes sobre contratación pública, al objeto de incrementar la eficiencia del gasto público, facilitando en particular la participación de las pequeñas y medianas empresas y permitir que los contratantes utilicen mejor la contratación pública en apoyo de objetivos sociales comunes. Todo ello en el marco de la normativa comunitaria y estatal existente al respecto de la contratación pública. De este modo, entre los objetivos de esta nueva norma se halla el relativo a conseguir una mejor relación calidad-precio en la contratación pública autonómica, mediante la introducción de nuevas consideraciones a los cuales los órganos de contratación podrán dar prioridad. Entre estas consideraciones se hallan las medioambientales, así como las referentes a cuestione sociales. Este postulado se manifiesta precisamente en el artículo 1 de la norma, el cual incluye entre el objeto de la Ley
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