Cataluña aprueba la modificación del Decreto de gestión de fertilización del suelo, deyecciones ganaderas y del programa de actuación en zonas vulnerables por nitratos de origen agrario. Orden ACC/25/2023, de 10 de febrero
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8855, de fecha 15 de febrero de 2023.
Palabras clave: Contaminación. Nitratos. Zonas vulnerables. Fertilizantes.
Resumen:
La contaminación producida por la fertilización excesiva ocasionada por nitratos y fertilizantes de origen agrario y animal se regula en el Decreto 153/2019, de 3 de julio, y en concreto, el artículo 11, establece que las explotaciones ganaderas deben tener suficiente autonomía de almacenamiento individual en función de las posibilidades de aplicación agrícola de las deyecciones y, como mínimo, la que se indica en el anexo 2.1.
Para el cálculo del volumen de deyecciones producido, necesario para dimensionar correctamente el sistema de almacenamiento de deyecciones, se utilizarán los coeficientes estándar de la segunda tabla del anexo 2.1.
Dichos coeficientes de producción de purín
Título: “El Mar Menor y la contaminación por nitratos: nuevos instrumentos jurídicos, misma incertidumbre”
Title: “The Mar Menor and nitrate pollution: new legal instruments, same uncertainty”
Autora: María Giménez Casalduero, Profesora Asociada, Departamento Derecho Administrativo, Universidad de Murcia y Departamento de Estudios Jurídicos del Estado, Universidad de Alicante (España). ORCID: https://orcid.org/0000-0003-1984-4986
Fecha de recepción: 11/08/2022
Fecha de aceptación: 15/09/2022
Fecha de modificación: 19/09/2022
Resumen:
El incremento de explotaciones de agricultura y ganadería intensiva está provocando serios impactos sociales y ambientales en gran parte del territorio español. Los sistemas socio-ecológicos de los que depende la industria agroalimentaria necesitan una respuesta jurídica eficaz encaminada a gestionar los riesgos y a proporcionar una respuesta material al modelo de explotación de la llamada “naturaleza extrahumana” (agua, suelos y animales), dirigido, en la mayoría de los casos, a generar “alimentos baratos” a gran escala con destino a mercados internacionales en detrimento de socio-ecosistemas locales como el Mar Menor. La falta de aplicación efectiva del ordenamiento jurídico y de los principios de prevención, precaución y no regresión de la normativa ambiental (ej. códigos de buenas prácticas agrarias y declaración de
Decreto 81/2022, de 10 de junio, del Consell, por el que se amplían, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, los municipios designados como zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, número 9366, con fecha de 21 de junio de 2022
Palabras clave: Contaminación. Fertilizantes. Nitratos. Regadíos. Agricultura. Aguas.
Resumen:
La contaminación producida por el abuso de fertilizantes es un problema ambiental de gran consideración. Los Estados miembros de la Comisión Europea, tienen como obligación identificar las aguas afectadas o en riesgo de estar afectadas por contaminación por nitratos de procedencia agraria. Al mismo tiempo, se establecen los criterios para designar las zonas vulnerables, a aquellos territorios cuyas pérdidas de nitrógeno por lixivación y escorrentía dan lugar a la contaminación por nitratos. Una vez identificados, se trata de actuar con técnicas agrícolas adecuadas, con la finalidad de eliminar o minimizar los efectos de los nitratos sobre las aguas.
En este marco, el Consell aprobó el Decreto 13/2000, de 25 de enero, por el
Zonas Vulnerables a la Contaminación por nitratos en Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden MAV/398/2022, de 29 de abril, por la que se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León. (BOCyL n. 85, de 5 de mayo de 2022)
Palabras clave: Agricultura. Ganadería. Aguas. Contaminación difusa. Fertilizantes. Estiércoles.
Resumen:
El artículo 4 del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias establece que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas designarán como zonas vulnerables en sus respectivos ámbitos, aquellas superficies territoriales cuya escorrentía o filtración afecte o pueda afectar a la contaminación por nitratos de las aguas contempladas en el artículo 3 del mismo Real Decreto.
El contenido y alcance del Programa de Actuación que se aprueba con esta Orden cumple con lo previsto en la nueva regulación. En él se establecen las medidas necesarias para prevenir la contaminación de las aguas directamente
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia de fecha de 10 de marzo de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Consuelo Uris Lloret)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 232/2022 – ECLI:ES:TSJMU: 2022:232
Palabras clave: Agricultura. Mar menor. Espacio Natural Protegido. Aguas. Regadíos. Procedimiento sancionador. Principio arbitrariedad. Principio irretroactividad. Principio confianza legítima.
Resumen:
En esta sentencia, interviene como actora un particular, mientras que la parte demandada es la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el Ministerio de Transición Ecológica.
Una resolución de la Dirección General del Agua de Murcia, acordó ordenar una restitución de terrenos en una zona de Cartagena, de una extensión de casi 5 has, ubicada en el ámbito de protección del Mar Menor, establecido por la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor. Establece dicha norma que los regadíos han sido prohibidos. Por consiguiente, obliga a la restitución de dichos terrenos por haber llevado a cabo un uso privativo del agua en parcelas no autorizadas por la Confederación, con la presentación
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