Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jesús Ernesto Peces Morate)
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 1970/2011
Temas Clave: Telecomunicaciones; Unidad de mercado; Instalaciones de radiocomunicación; Antenas de telefonía móvil; Emisiones electromagnéticas; Mejor tecnología disponible
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por Retevisión Móvil S.A. contra la sentencia pronunciada, con fecha 15 de diciembre de 2005, por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo planteado por la citada sociedad mercantil contra el Decreto autonómico catalán 148/2001, de 29 de mayo, de ordenación ambiental de las instalaciones de telefonía móvil y otras instalaciones de radiocomunicación. La actora fundamenta su recurso en dos motivos de casación, ambos al amparo del subapartado d) del artículo 88.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El Tribunal Supremo estima los dos motivos de casación alegados (el segundo sólo en determinados términos