Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 12 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Francisco Javier Canabal Conejos)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 3962/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:3962
Temas Clave: Contaminación acústica; Derechos fundamentales; Daños morales; Responsabilidad; Ayuntamiento; Mediciones
Resumen:
La Sala conoce del recurso de apelación interpuesto por varios particulares, un ayuntamiento y una entidad aseguradora contra la sentencia dictada por el por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 33 de Madrid, que estimó parcialmente el recurso formulado por los particulares contra la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación formulada frente al citado Ayuntamiento.
A través de la citada reclamación, los particulares solicitaron que por parte del ayuntamiento se realizara una inspección exhaustiva de una galería comercial al objeto de comprobar el ruido transmitido al ambiente interior de la vivienda de los particulares por todos los focos sonoros denunciados; teniendo en cuenta que los ruidos se producen tanto en horario diurno como nocturno y que éstos tienen componentes de baja frecuencia, tonales o impulsivos. Por otra parte interesaron que, una
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 19 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8, Ponente: María del Pilar García Ruiz)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 3788/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:3788
Temas Clave: Autorización ambiental integrada; Parque de Valdemingómez; Residuos; Caracterización; Traslado; Valores límite de emisión; Contratos; Olores; Mejores Técnicas Disponibles; Ruido
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil “UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS LA PALOMA” (UTE LA PALOMA) contra la Resolución de 23 de marzo de 2017, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la Resolución de 3 de enero de 2017, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorgó autorización ambiental integrada a la aquí demandante para la instalación de una “Planta de Clasificación de Residuos Domésticos y Planta de Compostaje”, en el término municipal de Madrid.
La resolución que concedió la AAI dispuso que la instalación, en cualquier caso, debía cumplir con las medidas incluidas en
Decreto 38/2019, de 3 de octubre, por el que se modifican los Anexos II, III, IV, V y VII de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León y el Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 193, de 7 de octubre de 2019
Temas Clave: Contaminación acústica; Valores límite
Resumen:
La Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, tiene por objeto prevenir, reducir y vigilar la contaminación acústica, para evitar y reducir los daños y molestias que de ésta se pudiera derivar para la salud humana, los bienes o el medio ambiente, así como establecer los mecanismos para mejorar la calidad ambiental desde el punto de vista acústico. La citada ley permite, en su disposición final segunda, modificar sus anexos mediante decreto de la Junta de Castilla y León.
Dentro de este contexto, en el Anexo II, se adaptan los valores límite de los niveles sonoros ambientales de las
Autoconsumo:
LÓPEZ GARCÍA, Mabel. “Autoconsumo eléctrico y el “impuesto al sol”: comentario a la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2017”. Revista general de derecho de los sectores regulados, n. 1, abril 2018
Bienestar animal:
CARBAJO DOMINGO, Miguel Ángel; VEGA FELGUEROSO, Juan. “Otra ocasión perdida: Sentencia del Tribunal Constitucional de 17 de octubre de 2018 en materia de responsabilidad patrimonial por accidentes con animales”. El Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 2, febrero 2019, pp. 124-134
Bosques:
MACHUCA, Luis. “Corta de bosques bajo tendidos eléctricos”. Revista de Derecho Administrativo Económico, n. 25, julio-diciembre 2017, pp. 135-143. Disponible en Internet: fecha de último acceso 27 de septiembre de 2019.
Contaminación acústica:
MORELLE HUNGRÍA, Esteban. “Ordenación y planificación marítima frente al ruido de actividades antrópicas”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 42, enero-abril 2019, pp. 295-326
Delito ecológico:
ICUZA SÁNCHEZ, Ízaro. “V. Evolución jurisprudencial en los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (Título XVI Capítulo ID del Código Penal): una crónica (SSTS2016/2017)”. IeZ: Ingurugiroa eta zuzenbidea: Urtekaria = Ambiente y derecho: Anuario, n. 15-16, 2017-2018, pp. 177-193
ICUZA SÁNCHEZ, Ízaro. “V. Evolución
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 17 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Miguel Ángel Pérez Yuste)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1584/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019: 1584
Temas Clave: Medidas cautelares; Contaminación acústica; Derechos Humanos y Fundamentales
Resumen:
El Ayuntamiento de Puerto Lápice y un particular impugnaron en apelación un auto de adopción de medidas cautelares, de 10 de abril de 2018, recaído en los autos de un recurso contencioso –administrativo. En concreto:
Se autorizaba el mantenimiento de las actividades municipales como los eventos musicales, pero exclusivamente durante los sábados del periodo comprendido entre el 15 de julio y el 16 de septiembre, dentro del horario permitido y como máximo hasta las 2.30 am. Se indemnizaba al particular, cuya vivienda si sitúa en la Plaza donde se realizan estas actividades, por el gasto del hotel u otro alojamiento al que se trasladase los sábados para no tener que soportar los ruidos derivados de aquellas actividades. En este sentido, la sentencia precisa que esta parte
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