Derecho ambiental:
AZEVEDO DE LIMA, Lucas. “A crise ambiental na contemporaneidade e a consolidação do meio ambiente como bem jurídico fundamental de terceira geração”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 161-190, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
BALLANDRAS-ROZET, Christelle. “Quelle effectivité pour les référés-environnement?”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 2, junio 2016, pp. 253-268
GOMES DI LORENZO, Wambert. “Direito natural e direito ambiental”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 323-332, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
HENKES, Silviana L.; MACEDO CORRÊA, Andrey Lucas. “A (in)efetividade da tutela jurídica do cerrado brasileiro: uma análise legislativa”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 305-322, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
MONTEDURO, Massimo. “La notion juridique d’environnement vue par le législateur italien”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 2, junio 2016, pp. 269-285
Derechos fundamentales:
RUEDA FERNÁNDEZ, Casilda. “El Dictamen 2/13 de 2014: de nuevo el sí pero no del TJUE ante la adhesión de la UE al CEDH”. Revista internacional
Educación ambiental:
KOPPE PEREIRA, Agostinho Oli; CALGARO, Cleide. “O consumismo e seus reflexos socioambientais no desenvolvimento humano: políticas públicas de educaçao para o consumo sustentável”. Revista internacional de direito ambiental, n. 9, septiembre-diciembre 2014, pp. 27-38, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida09/index.html [Fecha de último acceso 28 de abril de 2016].
Emisión de contaminantes a la atmósfera:
BORRÀS, Susana. “De la deslocalización de emisiones de gases de efecto invernadero: la incidencia de la política de biocombustibles de la UE en el cambio de uso indirecto de la tierra (ILUCS)”. Revista Peruana de Energía, n. 4, diciembre 2014, pp. 173-205, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.santivanez.com.pe/wp-content/uploads/2015/05/5-Deslocalizacion-de-emision-de-gases-efecto-invernadero.pdf [Fecha de último acceso 28 de abril de 2016].
Energía:
DENOLLE, Anne-Sophie. “Commentaire de la loi relative à la transition énergétique”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 1, marzo 2016, pp. 99-104
RAINAUD, Anne. “Les certificats d’économies d’énergie: nature hybride d’un outil de l’État piloté par les acteurs économiques”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 1, marzo 2016, pp. 105-121
Energía eólica:
ESTEBAN LÓPEZ, Patricia. “Entra en vigor el ‘impuesto al sol’ para los propietarios de instalaciones de autoconsumo eléctrico”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 28 abril 2016,
Real Decreto 1274//2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad 2011-2017, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. (BOE núm.236, de 30 de septiembre de 2011)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Biodiversidad
Resumen:
Este real decreto aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, que desarrolla lo establecido en el artículo 13.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Norma que asumiendo los principios fundamentales del Convenio sobre Diversidad Biológica, creó el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad como instrumento de planificación de la actividad de la Administración General del Estado en esta materia. El objeto de dicho Plan es el establecimiento y la definición de objetivos, acciones y criterios que promuevan la conservación, el uso sostenible y la restauración del patrimonio, los recursos naturales terrestres y marinos, la biodiversidad y la geodiversidad; para cuya elaboración han colaborado diversos ministerios y participado las Comunidades Autónomas, consultando
Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia (DOGA núm. 222, 18 de noviembre de 2010)
Resumen:
El título I se dedica a fijar el objeto y finalidad de la ley, llevar a cabo una serie de definiciones construir los principios de actuación de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de agua y obras hidráulicas, enumerar las competencias de esta Comunidad y de los entes locales y especificar cuales son las demarcaciones hidrográficas en Galicia. Como no podía ser de otra forma, la norma toma como referencia permanente la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.
En cuanto al título II, en Galicia el aparato organizativo en materia de aguas y obras hidráulicas ha estado hasta ahora constituido por el organismo autónomo de carácter administrativo Aguas de Galicia y la Empresa Pública de Obras y Servicios Hidráulicos, las dos creadas por la Ley 8/1993, reguladora de la Administración hidráulica de Galicia. La presente ley pretende terminar con esta dicotomía organizativa, insuficientemente fundamentada, y para
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