Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 31 de octubre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Daniel Sanz Heredero)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 11364/2017 – ECLI:ES:TSJM:2017:11364
Temas Clave: Ayuntamientos; Comunidades Autónomas; Competencias; Residuos; Vertederos
Resumen:
El Ayuntamiento de Loeches, mediante Acuerdo del Pleno de fecha 17 de marzo de 2016, modifica el artículo 93 de su Ordenanza de Medio Ambiente, cuya nueva redacción indica que «queda expresamente prohibida la existencia de cualquier tipo de vertedero, sin excepción, en todo el término municipal de Loeches, para la gestión, tratamiento y eliminación de residuos».
Según consta en la propia sentencia, el contexto de esta decisión municipal radica en que la Comunidad de Madrid lleva años estudiando la instalación de un nuevo “Complejo Ambiental” en Loeches, ante la colmatación del vertedero ubicado en Alcalá de Henares, y que explotaría la Mancomunidad del Este de la Comunidad de Madrid, de la que forma parte el municipio de Loeches, a fin de efectuar el tratamiento y gestión de los residuos de los municipios que integran dicha Mancomunidad. De hecho, se encontraría en la fase
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 20 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: José Antonio González Saiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 2806/2017 – ECLI:ES:TSJPV:2017:2806
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Competencias municipales; Ruidos
Resumen:
Unos vecinos de la localidad de Mutriku (Guipúzcoa), obtienen del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Donostia/San Sebastián, sentencia favorable en la que se les reconoce el derecho a ser indemnizados por el Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial de la administración, con ocasión de los ruidos sufridos causados por un local de hostelería ubicado en dicha localidad. La imputación de la responsabilidad municipal se derivaba del defectuoso funcionamiento del servicio público consistente en no haber adoptado durante largos años medida alguna para evitar que se sucedieran los ruidos.
Se alza el Ayuntamiento de Mutriku contra dicha sentencia mediante recurso de apelación, el cual se basa en varios motivos, de entre los cuales se destacan los dos siguientes:
1.- Comienza basando su recurso el Ayuntamiento en el entendimiento de que la responsabilidad y consiguiente indemnización dineraria a la que resultaba condenada, debió repartirse con
Sentencia de la Corte Suprema, de 29 de diciembre de 2017
Autora: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental[1]
Fuente: Corte Suprema Rol N°100.805-2016, Sentencia de 29 de diciembre de 2017
Temas clave: Participación ciudadana, consulta indígena, incompetencia, ultra petita
Resumen:
El 29 de diciembre de 2017 la Corte Suprema dicta fallo en el que desestima los recursos de casación en la forma y el fondo, presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la Empresa Mediterráneo S.A. y otros, en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia el 17 de noviembre de 2016 que acoge reclamación de José Cayún Quiroz y anula la Resolución de Calificación Ambiental (N°128 de 6 de marzo de 2014, dictada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos) del proyecto “Central de pasada Mediterráneo”, de 210 MW de capacidad instalada, y el acuerdo del Comité de Ministros (Resolución Exenta N°105 de 29 de enero de 2016, dictada por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que ejecutó el acuerdo N°16/2015 del Comité de Ministros, adoptado en la sesión ordinaria de fecha 2 de noviembre
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 29 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan José Carbonero Redondo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AR 1279/2017 – ECLI:ES:TSJAR:2017:1279
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Competencias municipales; Ruidos
Resumen:
Unos vecinos de la localidad de Alagón (Zaragoza), ante las molestias por ruidos generadas por el uso clandestino como “peña” de locales situados en una calle del municipio, solicitan su clausura municipal y la adopción de cuantas medidas resultasen necesarias para la eficacia de la orden de cierre incluyendo el mantenimiento del orden en la vía pública.
Ante la apenas actividad municipal tras su denuncia, estos vecinos interponen un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta de su solicitud, que es resuelto por el Juzgado de Contencioso-Administrativo de Zaragoza número 5 mediante sentencia de 26 de junio de 2015, la cual, estimando parcialmente el recurso, declara que el Ayuntamiento de Alagón ha permanecido inactivo ante las reiteradas reclamaciones formuladas. De esta manera constata que esta entidad local, ha hecho caso omiso a diversos artículos de su propia Ordenanza de convivencia, así por ejemplo la actividad
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, Buenos Aires, 16 de diciembre de 2008
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Temas Clave: Residuos sólidos urbanos; Residuos domiciliarios; Autoridades Competentes en materia ambiental; Competencia Originaria de la CSJN en razón de la materia y de las personas
Resumen:
El precedente cuyo análisis se propone está vinculado con el comentario relativo a la Ley 25.916 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, recientemente publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 14 de noviembre del corriente año.
Precisamente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (en adelante CSJN) se pronunció en aplicación de dicha norma sobre un tema que siempre resulta conflictivo y que resulta conveniente delimitar con la mayor precisión, el relativo a su competencia originaria razón de la materia y de la persona.
El asunto fue traído a su decisión por una asociación de vecinos de un Municipio de la Provincia de Buenos Aires, “Vecinos por un Brandsen Ecológico Soc. Civil”, que promovió un amparo con el objeto impedir la instalación de un sito de disposición
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