Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 29 de marzo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ramón Sastre Legido)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 1299/2022 – ECLI:ES: TSJCL:2022:1299
Palabras clave: Urbanismo. Ordenación territorial. Plan General de Ordenación Urbana. Suelo rústico. Paisaje.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil e “Lingotes Especiales, S.A” contra la Orden FYM/468/2020, de 3 de junio, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León por la que se aprueba definitivamente de forma parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (RPGOU) de Valladolid.
Las parcelas litigiosas están clasificadas en la RPGOU como suelo rústico, teniendo la parcela 117 la categoría de “rústico común” y la parcela 137 la categoría de “rústico con protección especial”.
Con carácter previo, la Sala trae a colación la normativa sobre ordenación del territorio y urbanística que resulta aplicable al caso enjuiciado. Al efecto, remarca que en el art. 12 de las “Directrices de ordenación de ámbito subregional” se hace referencia