Sentencia del Tribunal Supremo, de 10 de diciembre de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 5330/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5330
Temas Claves: Proyecto de Interés Regional; Ciudad compacta; Suelo no urbanizable protegido
Resumen: La Diputación Provincial de Burgos, en colaboración con el Ayuntamiento de Arlanzón y la Junta de Castilla y León, promueve la construcción de una urbanización de segunda residencia, con campo de golf en el municipio de Arlanzón, situado a 22 kilómetros de la ciudad de Burgos, en unos terrenos de 188 hectáreas calificados como no urbanizable protegido en las normas subsidiarias de este municipio y atravesados por el río Arlanzón, cuya riberas tienen la consideración de Lugar de Importancia Comunitaria LIC ES4120072 “Riberas del Río Arlanzón y afluentes”.
Ante la dificultad que implica la calificación urbanística del emplazamiento elegido optan por la declaración de esta actuación como Proyecto de Interés Regional, mediante la aprobación de un Decreto de la Junta de Castilla y León de Decreto 56/2008, de 31 de julio, incorporando a este proyecto la construcción de un parque de ocio con varias actividades deportivas y de
Acceso a la justicia:
EMBID IRUJO, Antonio. “El acceso a la justicia en materia ambiental en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”. Revista vasca de administración pública = Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria, n. 99-100, mayo-diciembre 2014, pp. 1207-1229, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ivap.euskadi.net/r61-vedrvap/es/contenidos/informacion/rev_vasca_adm_pub/es_def/index.shtml [Fecha de último acceso 14 de enero de 2015].
PEÑALVER I CABRÉ, Alexandre. “El derecho humano al medio ambiente y su protección efectiva”. Revista vasca de administración pública = Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria, n. 99-100, mayo-diciembre 2014, pp. 2333-2357, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ivap.euskadi.net/r61-vedrvap/es/contenidos/informacion/rev_vasca_adm_pub/es_def/index.shtml [Fecha de último acceso 14 de enero de 2015].
CUBERO MARCOS, José Ignacio. “Proyectos y planes aprobados por Ley: contradicciones a la luz de la evaluación ambiental, el derecho de participación y el acceso a la justicia en materia ambiental”. Revista vasca de administración pública = Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria, n. 99-100, mayo-diciembre 2014, pp. 1007-1039, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ivap.euskadi.net/r61-vedrvap/es/contenidos/informacion/rev_vasca_adm_pub/es_def/index.shtml [Fecha de último acceso 14 de enero de 2015].
Actividades marítimas:
FRANCO GARCÍA, Miguel Ángel. “Consideraciones relativas a los salvamentos, remolques de fortuna y extracciones, tras la aprobación de la ley de navegación marítima”. Revista española de derecho administrativo, n. 167, octubre-diciembre 2014, pp. 231-265
Agricultura:
Sentencia del Tribunal Supremo, de 14 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mariano de Oro-Pulido López)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 4288/2014 – ECLI:ES:TS:2014:4288
Temas Claves: Suelo rústico protegido. Valores agrícolas y paisajísticos. Terrenos inundables
Resumen: Simancas es un pequeño municipio de poco más de 5.000 habitantes situado a tan sólo 13 kilómetros de Valladolid llamado a convertirse por ello en un lugar dormitorio o de segunda residencia, como el resto de pueblos del alfoz de esta capital castellana. De esta forma, en el año 2006 se aprueba el Plan General de Ordenación Urbana, que prevé un crecimiento hasta los 24.000 habitantes en un período de 15 años con el desarrollo de 23 sectores de suelo urbanizable. Hasta aquí todo correcto. El problema surge al reclasificar como urbanizable una finca (sector 19) que antes de la aprobación del nuevo PGOU tenía la clasificación de suelo rústico por su extraordinario valor agrícola y paisajístico, junto al río Pisuerga y el monte Pinar Pimpollada. Además, al estar situada junto a la unión de los ríos Pisuerga y Duero tenía también la consideración de zona inundable.
Con estas
Agricultura:
SPOTO, Giuseppe. “La reforma de la política agrícola común y la crisis económica”. Revista de derecho agrario y alimentario, vol. 30, n. 64, enero-junio 2014, pp. 143-165
Aguas:
CONTEL BALLESTEROS, Javier. “Urbanismo saludable: agua”. Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 20, 2014, pp. 2127-2135
“Droit de l’eau Juin 2013? Mai 2014” Droit de l’Environnement, n. 224, junio 2014, pp. 241-252
FÜßER, Klaus; LAU, Marcus. “Maßnahmenpools im europäischen Gebietsschutzrecht”. Natur und recht, vol. 36, n. 7, julio 2014, pp. 453-463
ROUSSEAU, Guillaume. “La prépondérance étatique et les compétences municipales sur l’eau et le forage: étude de la validité d’un règlement de la Ville de Gaspé”. Les Cahiers de droit, vol. 55, n. 3, 2014, pp. 645-684
Aguas internacionales:
MOVILLA PATEIRO, Laura. “La entrada en vigor de la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación”. Revista española de derecho internacional, vol. 66, n. 2, 2014, pp. 312-316
Aguas residuales:
GABA, Jeffrey M. “Flowback: Federal Regulation of Wastewater from Hydraulic Fracturing”. Columbia Journal of Environmental Law, vol. 39, n. 2, septiembre 2014, pp. 251-316, [en línea]. Disponible
Sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, Ponente: Ramón Trillo Torres)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 4506/2014
Temas Clave: Desclasificación de suelo por sus valores ambientales y paisajísticos. Alcance de la indemnización. Incumplimiento de los deberes urbanísticos
Resumen:
En el año 2008, en plena época de resaca del boom inmobiliario, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares aprueba la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo sostenible de las Islas Baleares que, entre otros objetivos, pretendía salvar de la urbanización determinados espacios que tenían un notable valor ambiental y paisajístico a pesar de que el planeamiento los consideraba como terrenos urbanizables. Para conseguir esta finalidad, la propia Ley lleva a cabo la ampliación de determinadas Áreas Naturales de Especial Interés (ANEI) ampliación que afecta, entre otros ámbitos, a unas parcelas ya urbanizadas pero todavía sin edificar, situadas en la urbanización El Vilá, en el municipio mallorquín de Pollença, en plena sierra de Tramontana.
A los cuatro días de la aprobación de esta Ley, la inmobiliaria propietaria de tres parcelas en esta urbanización, de poco mas de
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