Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Ponente: Francisco José Navarro Sanchis)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 2480/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2480; Id Cendoj: 28079130052016100224
Temas Clave: Desarrollo urbano sostenible. Suelo no urbanizable protegido
Resumen: El Ayuntamiento de Valga aprobó el Plan General de Ordenación Urbana que fue impugnado ante los tribunales por prever la creación de una nueva zona industrial de una superficie de 800.000 m2, si bien este municipio ya contaba con una superficie de suelo industrial de 225.000 m2 de los cuales sólo estaba ocupado un 30%. A pesar de ello, y de que otros municipios próximos también contaban con suelo industrial disponible, el Concello de Valga firmó dos convenios para la ampliación de la zona industrial, uno de ellos con las Comunidades de montes vecinales de mano en común de la parroquia de Xanza y otro con el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo, documentos que fueron incorporados al plan general.
Además, una parte de este nuevo suelo industrial se ubicada en terrenos que en el anterior plan general tenían la consideración de suelo no urbanizable de protección forestal, suelo que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 1 de abril de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 1267/2016 – ECLI:ES:TSJCL:2016:1267
Temas Clave: Uso excepcional en suelo rústico; Uso residencial; Interés público
Resumen:
En este supuesto concreto, el objeto de impugnación se ciñe al acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila, de 1 de abril de 2011, por el que se acordó denegar el uso excepcional en suelo rústico para la legalización de varias construcciones e instalaciones existentes en una parcela del término municipal de la localidad de Navaluenga (Ávila). Desestimado el recurso de alzada formulado por el particular, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 1 de Ávila da la razón al recurrente y condena a la Administración a otorgar la autorización correspondiente a favor de aquel.
La sentencia de instancia viene a decir que la Administración ha desestimado la petición de un uso que no había sido solicitado por el recurrente, cual es una legalización de uso agrario o industrial. La propia Administración
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 8 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Ponente: Antonio Rubio Pérez)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STSJ NA 760/2015 – ECLI:ES:TSJNA:2015:760; Id Cendoj: 31201330012015100280
Temas Clave: Red Natura 2000; Directiva de Hábitats 92/43 CEE; Suelo no urbanizable protegido
Resumen:
El Gobierno Foral de Navarra firmó un convenio de colaboración con la empresa Magnesitas Navarra s.a., para permitir la continuidad de esta empresa y mantener los puestos de trabajo que se veían amenazados por el agotamiento de la cantera que esta empresa tenía en el yacimiento de Azcárate. El problema estaba en que todos los yacimientos de magnesitas se encontraban en terrenos protegidos, lo que se optó por la tramitación y aprobación de un Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal, figura prevista en la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el que se establecen las determinaciones urbanísticas y territoriales que permiten la explotación de una nueva cantera a cielo abierto situada en el monte Legua Acotada, en el Valle de Erro, con una superficie de explotación de 21 hectáreas y una duración temporal de 41 años.
La afección
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 14 de abril de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José María Arrojo Martínez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 2366/2016 – ECLI:ES:TSJGAL:2016:2366
Temas Clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ABEGONDO, contra la Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, a través de la cual se aprobaba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana (en adelante, PGOU) del municipio de Abegondo.
Como antecedentes, cabe destacar que el PGOU impugnado preveía un incremento de 2.622 nuevas viviendas en un horizonte temporal de 16 años, partiendo de que, en la actualidad, el número de viviendas de Abegondo no alcanza las 3.400 viviendas y que el municipio no alcanza los 6.000 habitantes, con disminución de éstos en el periodo que va desde 1991 a 2009.
Tales circunstancias fácticas, constituyen el principal motivo sustentador del recurso planteado, al entender que las previsiones fijadas en el PGOU no se encuentran fundamentadas
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 2 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Francisco López Vázquez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 1603/2016 – ECLI:ES:TSJCAT:2016:1603
Temas Clave: Clasificación de suelos; Desarrollo sostenible; Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la Comissió Territorial d´Urbanisme de Barcelona de 12 de mayo de 2011, a través de la cual se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Urbanística Municipal del municipio de San Vicenç de Montalt (Barcelona).
Entre otras causas, el recurrente interesa la nulidad del plan municipal por causa de no haberse efectuado la evaluación ambiental estratégica del mismo con el contenido indicado en la normativa comunitaria.
La Sala, en primer lugar, examina el marco temporal de la tramitación del plan en relación con la normativa comunitaria de aplicación, esto es, fundamentalmente la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; y su relación con la normativa nacional de
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