Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 20 de septiembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Pedro Marcelino Rodríguez Rosales)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AND 11563/2018 – ECLI:ES:TSJAND:2018:11563
Temas Clave: Clasificación de suelos; Dominio público hidráulico; Evaluación ambiental; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable; Urbanismo
Resumen:
Por una asociación ecologista se interpone recurso contencioso-administrativo contra dos resoluciones de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 16 de diciembre de 2014 y de 9 de febrero de 2015, a través de las cuales se aprueba definitiva y parcialmente la Innovación 34 de la Adaptación Parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, categoría de suelo no urbanizable (protección específica cauce de aguas y de protección agrícola) del municipio de Arahal (Sevilla).
Según se desprende de la sentencia, a través de estas resoluciones se estaba modificando el suelo no urbanizable de especial protección del municipio, parte del cual pasaba a considerarse suelo no urbanizable genérico.
Hay que tener en cuenta que, según consta en el Fundamento de Derecho Segundo, en las Normas Subsidiarias de Arahal de 1994, existía un régimen
Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOE núm. 250, de 27 de diciembre de 2018
Temas clave: Clasificación de suelos; Ordenación del territorio; Planeamiento urbanístico; Suelo rústico; Urbanismo
Resumen:
Se ha aprobado en Extremadura una nueva legislación sobre ordenación del territorio y urbanismo que sustituye a la anterior de 2001, con algunos cambios sustanciales que responderían a una potenciación de la sostenibilidad en ambos ámbitos, proponiendo un cambio en el modelo territorial o urbanístico, o más bien atender a la realidad propia de esta Comunidad Autónoma y los problemas que sufren, como por ejemplo la despoblación.
En este sentido, un repaso al expositivo de la norma nos advierte que la norma hasta entonces vigente, la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, acusa un problema estructural «consecuencia de la necesidad de atender a nuestra realidad territorial de núcleos urbanos dispersos en nuestro vasto territorio y poco poblados, con escasa dinámica de crecimiento, en los que lo rural constituye la mayor parte de nuestro territorio. Es por ello que se hace necesaria una revisión en cuanto a los planteamientos de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 6 de julio de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Carlos Altarriba Cano)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ:STSJ CV 2704/2018 – ECLI:ES:TSJCV:2018:2704
Temas Clave: Licencia; Vivienda en medio rural; Suelo forestal; Suelo no urbanizable protegido
Resumen:
En el supuesto de autos, se recurre en apelación la sentencia confirmatoria de la denegación de la solicitud de licencia de construcción de una vivienda familiar, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Onda, de 10 de octubre de 2013. El motivo de denegación fue la falta de informe de la Conselleria sobre viviendas rurales vinculadas a explotaciones agrarias.
El juzgador a quo puso de manifiesto que los informes preceptivos de la Conselleria de agricultura, pesca y alimentación resultaron desfavorables, por lo que el Ayuntamiento tuvo que denegar la solicitada debido al carácter reglado de la licencia. El contenido de un informe de 2013 al proyecto conjunto de construcción y explotación agrícola unido a la demanda, corroboró que la ejecución de la edificación se realizó con
Decreto 86/2018, de 20 de noviembre, de medidas para facilitar la actividad urbanística de la ciudadanía y los pequeños municipios
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM núm. 234, de 30 de noviembre de 2018
Temas Clave: Urbanismo; Suelo rústico; Reforestación; Zonas verdes; Planes especiales; Edificación
Resumen:
Las sucesivas modificaciones legislativas con incidencia en el ámbito urbanístico junto con la necesidad de implementar medidas concretas al objeto de facilitar la actividad urbanística tanto de los municipios de menor tamaño de la Región, como, en general, del conjunto de la ciudadanía, han propiciado la elaboración del presente decreto a través del cual se introducen modificaciones en diversas normas reglamentarias.
En primer lugar, respecto al Decreto 242/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, se introducen modificaciones que afectan a la regulación del concepto de riesgo de formación de núcleo de población, a los supuestos en los que cabe entender implícita la calificación urbanística y a las medidas de reforestación a realizar en actuaciones promovidas en suelo rústico. Asimismo, se adecua el régimen de protecciones sectoriales en suelo
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 14 de mayo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Francisco Javier Varona Gómez-Acedo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ ICAN 1047/2018 – ECLI:ES:TSJICAN:2018:1047
Temas Clave: Clasificación de suelos; Costas; Dominio público marítimo-terrestre; Planeamiento urbanístico; Procedimiento administrativo; Urbanismo
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación contra la desestimación del requerimiento efectuado por la Administración General del Estado al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de julio de 2014, a través del cual se aprobaba definitivamente el Plan General de Ordenación supletorio de Yaiza (Lanzarote).
Previamente, conviene indicar que el Plan General supletorio era un instrumento previsto en la Disposición transitoria tercera (apartado 6) de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias (según la redacción dada por la Ley 6/2009, de 6 de mayo). En la actualidad esta disposición está derogada.
En cualquier caso, la naturaleza jurídica de este Plan General supletorio sería similar a la
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