Cataluña aprueba las bases para que las ONG, ayuntamientos y consorcios puedan llevar a cabo la gestión de espacios naturales y la compra de fincas que contengan hábitats de interés comunitario con el fin de conservar su biodiversidad durante un período de treinta años de acuerdo con un programa de medidas de conservación y restauración
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario oficial de la Generalitat de Cataluña, n. 9278, de 29 de octubre de 2024
Palabras clave: Custodia del territorio. Propiedad privada. Hábitats de interés comunitario. Biodiversidad. Conservación. Restauración.
Resumen:
La Comunidad Autónoma de Cataluña ha sido una de las pioneras en España, en el desarrollo de iniciativas de conservación de la biodiversidad más allá de las figuras públicas tradicionales de conservación, también denominadas como custodia del territorio. Por otro lado, el Decreto 161/2023, de 29 de agosto, sobre el Registro de fincas con iniciativas de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad, establece como una de las finalidades del Registro reconocer los compromisos de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad adquiridos por las personas y entidades que formalicen iniciativas de conservación a efectos de facilitar que puedan
Sentencia del Tribunal Supremo, de 14 de junio de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Ángeles Huet de Sande)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 3353/2024 – ECLI:ES:TS: 2024:3353
Palabras clave: Agricultura. Suelos. Nutrición. Programa de acción. Evaluación ambiental estratégica. Nitratos. Normativa básica. Competencias. Comunidades Autónomas. Análisis de impacto económico.
Resumen:
El Tribunal se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la Generalidad de Cataluña contra el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios (BOE de 29 de diciembre de 2022) y contra la Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 14 de marzo de 2023, por la que se desestima el requerimiento previo interpuesto contra el citado Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.
-La demandante alega como primer motivo de recurso que el contenido del real decreto impugnado es el propio de un programa de acción de los previstos en el art. 5 de la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre de 1991, relativa a
Sentencia del Tribunal Supremo, de 27 de mayo de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Carlos Lesmes Serrano)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2888/2024 – ECLI:ES:TS: 2024:2888
Palabras clave: Política Agrícola Común. Ayudas. Condicionalidad. Agricultura. Fertilización sostenible. Agua. Suelo. Proporcionalidad. No discriminación.
Resumen:
El Tribunal se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la organización UNIÓ DE PAGESOS DE CATALUNYA contra el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
La cuestión controvertida se centra en una disposición del Anexo II de esta norma dedicado a las Buenas condiciones agrarias y medioambientales (BECAM) del ámbito de clima y medio ambiente, concretamente a la BECAM núm. 10, dedicada a la “fertilización sostenible”, que se incluye en el apartado 5 del Anexo,
La Generalitat de Cataluña aprueba ampliar la delimitación de la zona de especial protección para las aves del Delta del Llobregat que pasa a denominarse Aiguamolls del Delta del Llobregat, y se impulsan medidas para garantizar el futuro del Delta del Llobregat
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 9212, de fecha 25 de julio de 2024
Palabras clave: Red Natura 2000. Biodiversidad. Humedales. Zona Especial Conservación Aves.
Resumen:
El motivo de esta ampliación se debe a que la actual designación de la ZEPA del Delta del Llobregat ha estado considerada como insuficiente por parte de la Comisión Europea y, por tanto, es necesario revisar la delimitación de la ZEPA. Una vez evaluada, a partir de la aplicación de una metodología científica, se modifica la delimitación y la lista de las especies de la ZEPA Delta del Llobregat (código ES0000146) prevista en el Acuerdo GOV/112/2006, de 5 de septiembre, por el que se designan ZEPA y LIC. Parte del ámbito del Delta de Llobregat destaca también por la presencia de hábitats y especies de interés comunitario.
Cataluña aprueba la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para fomentar las capturas de jabalí y contribuir a la prevención y la lucha contra las patologías de la especie
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 9175, de 3 de junio de 2024
Palabras clave: Biodiversidad. Carne de caza. Infección. Patologías. Medidas preventivas.
Resumen:
En Europa, en estos momentos, está presente la peste porcina africana. Esta enfermedad afecta a una serie de Estados miembros de la Unión Europea. Se han detectado nuevos focos en Alemania, República Checa y Bélgica. Esta enfermedad afecta a los cerdos domésticos, principalmente a explotaciones ganaderas, pero también a los jabalíes salvajes, que desempeñan un papel importante en su transmisión, actuando de reservorio en el campo.
La Unión Europea ha ido adoptando medidas de control en el marco de la Directiva 2002/60/CE del Consejo, de 27 de junio de 2002, por la que se establecen disposiciones específicas de lucha contra la peste porcina africana y se modifica la Directiva 92/119/CEE, en lo que se refiere a la enfermedad
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