Actividades clasificadas:
FORÉS FURIÓ, Carlos; ESCRIG GISBERT, Inmaculada. “La Ley 6/2014, de 25 de junio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana”. Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 22, 2014, pp. 2445-2454
Agricultura:
BUENO ARMIJO, Antonio María. “Las subvenciones agrícolas y la reforma de la política agrícola común ¿el último viaje del buque insignia?”. Revista de derecho de la Unión Europea, n. 26, 2014, pp. 87-134, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:REDUE-2014-26-6020 [Fecha de último acceso 30 de enero de 2015].
CELMA ALONSO, Pilar. “La seguridad alimentaria y el comercio de productos agrícolas de la Unión Europea”. Revista de derecho de la Unión Europea, n. 26, 2014, pp. 191-224, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:REDUE-2014-26-6035 [Fecha de último acceso 30 de enero de 2015].
FERNÁNDEZ TORRES, Juan Ramón. “La Política Agrícola Común: origen, desarrollo y perspectivas”. Revista de derecho de la Unión Europea, n. 26, 2014, pp. 17-40, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:REDUE-2014-26-6005 [Fecha de último acceso 30 de enero de 2015].
FUENTETAJA PASTOR, Jesús Ángel. “Las competencias ejecutivas de la Administración Europea en el ámbito de
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de enero de 2015, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Asturias
– Resolución de 31 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se aprueba la convocatoria anticipada de subvenciones para el fomento de razas autóctonas españolas y se aprueba el correspondiente gasto. (BOPA núm. 20, de 26 de enero de 2015)
Fuente: https://sede.asturias.es/bopa/2015/01/26/2015-01302.pdf
Plazo: 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
– Resolución de 31 de diciembre de 2014, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la zona Bajo Nalón, para
Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, por el que se crea un mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero para empresas de determinados sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de “fuga de carbono” y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para los ejercicios 2014 y 2015. (BOE núm. 315, de 30 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Gases de efecto invernadero; Ayudas públicas; Sociedades mercantiles
Resumen:
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, que fue introducida por la Ley 13/2010, de 5 de julio; constituye el objeto de este real decreto la creación de un mecanismo de compensación de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidas en los precios de la electricidad del que podrán beneficiarse las instalaciones pertenecientes a sectores
Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola. (BOE núm. 307, de 20 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Ayudas públicas; Condicionalidad; Desarrollo rural; Agricultura; Agua; Suelo; Paisaje
Resumen:
Para el periodo 2015-2020, el sistema de la condicionalidad junto con los pagos directos «verdes» y las medidas de desarrollo rural relativas al medio ambiente, constituyen un conjunto de medidas que permiten una actividad más respetuosa con el medio ambiente.
En lo que respecta a la condicionalidad, su ámbito de aplicación se ha simplificado con el objeto de garantizar su coherencia, organizando las exigencias en una lista única, agrupadas por áreas y temas.
Este real decreto tiene por objeto determinar las normas de la condicionalidad que deberán cumplir los beneficiarios que reciban determinados pagos o primas.
Únicamente me detendré en la exigencia de “buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra”. En relación con
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. (BOE núm. 307, de 20 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Agricultura; Ganadería; Desarrollo rural; Ayudas públicas; “Pago verde”
Resumen:
Este real decreto tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable para el periodo 2015-2020 a los siguientes regímenes de ayuda comunitarios establecidos en el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común: a) un pago básico a los agricultores; b) un pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente; c) un pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola; d)
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