Título: “El ámbito de una instalación sujeta a control integrado de la contaminación: nota a la Sentencia 35/2011 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 18 de enero de 2011”
Autor: Agustín García Ureta, Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad del País Vasco/Euskal-Herriko Unibertsitatea
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00201
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 26 de julio de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Wenceslao Francisco Olea Godoy)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ STSJ EXT 1283/2011
Temas Clave: Autorización Ambiental Integrada; Residuos; Valores límite de emisión; Ruidos y Vibraciones
Resumen:
En el supuesto de enjuiciamiento, la Sala analiza si determinados condicionantes a los que se ha sometido la Autorización Ambiental Integrada concedida en vía administrativa a la mercantil “Tabicesa, S.A.U.” para el ejercicio de una actividad consistente en la transformación de una anterior fábrica de ladrillos y bloques para revestir, en la fabricación de material cerámico para la construcción; resultan ser legales o no. Las instalaciones se incluyen en las de categoría 3, apartado 5, del anejo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
-El primer condicionante impuesto en la Resolución de la Consejería competente es que
“La superficie destinada al almacenamiento de lodos deberá ser impermeable, estar cubierta y delimitada por un cerramiento
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 8 de julio. (Sala de lo Contencioso. Sede Albacete. Sección 2ª. Ponente D. Jaime Lozano Ibáñez)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Roj: STSJ CLM 1825/2011
Temas Clave: Autorización Ambiental Integrada; Contaminación Atmosférica; Derecho Administrativo Sancionador
Resumen:
La presente sentencia trae como causa el recurso interpuesto por la empresa dedicada a la destilación de alcohol vinícola procedente de orujo, contra la resolución del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha que la sanciona por infracción del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de 22 de diciembre de 1972, de Protección del Medio Ambiente. Concretamente le fueron imputadas tres infracciones, a saber, una infracción grave del artículo 83.2.b) del Decreto antedicho que sanciona la falta de las autorizaciones o licencias necesarias para el ejercicio de la actividad y puesta en marcha de las instalaciones correspondientes; en segundo lugar una infracción grave del apartado d) del mismo artículo que sanciona la resistencia o demora en la instalación de los elementos correctores que hubieran sido impuestas y una infracción
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 100, de 26 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Autorización ambiental; Licencia Ambiental; Autorización ambiental integrada; Comunicación ambiental; Actividades clasificadas; Disciplina ambiental
Resumen:
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico establecido en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que respecta a las autorizaciones ambiental integrada y unificada y a la comunicación ambiental de instalaciones y actividades, con el fin de evitar y, cuando no sea posible, reducir y controlar en origen, la contaminación y las emisiones que puedan producir, garantizando la protección del medio ambiente y la salud de las personas.
Hasta la aprobación de la Ley 5/2010, el control ambiental de estas actividades se realizaba a través del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP) aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre. Sin embargo, la citada Ley deja sin aplicación el RAMINP,
Decreto 74/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los anexos de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón (BOA núm. 68, de 5 de abril)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Evaluación estratégica; Evaluación de impacto ambiental; Autorizaciones ambiental; Autorización ambiental integrada; Licencia Ambiental; Actividades Clasificadas; Protección ambiental
Resumen:
La Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, regula un sistema de intervención administrativa ambiental de los planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente en el ámbito territorial de Aragón, como forma de prevención, reducción y control de la contaminación del impacto ambiental. Sin embargo, transcurridos prácticamente tres años desde la aprobación de la citada Ley, se considera que tanto la aplicación de la misma, como las novedades normativas producidas en materia de medio ambiente, a nivel comunitario, estatal y autonómico, evidencian la necesidad de adaptar determinados anexos de la citada Ley, con el fin de incorporar los nuevos requerimientos ambientales, o de carácter técnico, que exige la normativa que ha entrado en
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