Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020
Palabras clave: Sector eléctrico. Derechos de acceso y conexión. Tramitación. Productores. Consumidores. Redes de transporte y distribución. Instalaciones. Procedimiento único. Autoconsumo. Garantías económicas. Energías renovables. Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Resumen:
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, por derecho de acceso se entenderá el derecho de uso de la red en unas condiciones legal o reglamentariamente determinadas y por derecho de conexión a un punto de la red, el derecho de un sujeto a acoplarse eléctricamente a un punto concreto de la red en unas condiciones determinadas.
El problema radica en que el desarrollo reglamentario del precepto, hasta este momento, todavía no se había producido. El Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas
Éstos son los títulos donde se ha encontrado algún capítulo jurídico ambiental:
– RECUERDA GIRELA, Miguel Ángel (Dir.). Anuario de Derecho Administrativo 2020. Cizur Menor (Navarra): Aranzadi Thomson Reuters, 2020.
– ORTEGA BURGOS, Enrique (Dir.). Mercados regulados 2020. Valencia. Tirant lo Blanch, 2020.
– GÓMEZ JIMÉNEZ, María Luisa. Inteligencia territorial y regulación económica. Madrid: Aranzadi, 2020.
Autoconsumo:
BLASCO HEDO, Eva. Evolución de los cargos que debe soportar el autoconsumo eléctrico renovable a través de la jurisprudencia y la normativa. En: ORTEGA BURGOS, Enrique (Dir.). Mercados regulados 2020. Valencia. Tirant lo Blanch, 2020, pp. 185-202.
MOURENZA DÍAZ, José Ramón. Régimen legal del autoconsumo de electricidad. En: ORTEGA BURGOS, Enrique (Dir.). Mercados regulados 2020. Valencia. Tirant lo Blanch, 2020, pp. 247-266.
YÁÑEZ, Coral; GONZÁLEZ FORTES, Carolina. La Regulación del autoconsumo en el camino de la transición energética frente al cambio climático En: RECUERDA GIRELA, Miguel Ángel (Dir.). Anuario de Derecho Administrativo 2020. Cizur Menor (Navarra): Aranzadi Thomson Reuters, 2020, pp. 219-241.
Cambio climático:
CASTILLO MORA, Daniel del. El régimen jurídico sobre cambio climático en un contexto
Decreto-Ley 4/2020, de 18 de junio, de impulso y simplificación de la actividad administrativa para el fomento de la reactivación productiva en Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 122, de 19 de junio de 2020
Palabras clave: Procedimientos administrativos. Simplificación de trámites. Plazos. Autorizaciones. Licencias. Declaración responsable. Producción de electricidad. Energía eólica. Urbanismo. Autoconsumo. Licencia ambiental. Comunicación ambiental. Ganadería. Agroalimentación. Restauración y hostelería. Estaciones de servicio.
Resumen:
Ante la crisis sanitaria y económica que sufre este país, Castilla y León cree necesario sumarse a la lucha para contener el impacto económico negativo y mantener el empleo a través de políticas que impliquen una simplificación de procedimientos y reducción de las trabas y cargas administrativas, así como una mejora de la regulación en el ordenamiento jurídico.
Con este decreto-ley, la Administración se propone agilizar aún más su acción para no ser un obstáculo sino una ayuda a las iniciativas, al tiempo que como administración asume una parte importante del cambio. La reducción de plazos,
Título: “Requerimientos sectoriales del nuevo marco europeo de la energía renovable”
Title: “Sectoral Requirements Of The New European Renewable Energy Framework”
Autor: Juan Rosa Moreno, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Alicante, juan.rosa@ua.es
Fecha de recepción: 04/06/2020
Fecha de aceptación: 30/06/2020
Resumen:
La transformación renovable del sistema energético ha entrado en su etapa de transición con el nuevo marco normativo europeo aprobado en los últimos años. En esta transición, el papel de la Directiva 2018/2001 es esencial. Esta Directiva actualiza y refuerza todos los requerimientos en materia de energía renovable, fija nuevas metas para alcanzar el objetivo final de neutralidad climática, y establece una regulación para facilitar el despliegue masivo de la energía renovable en el sistema energético.
Para lograr su objetivo, esta Directiva impone un conjunto de requerimientos en tres sectores energéticos esenciales: el sector eléctrico, el sector del transporte y el sector de la calefacción y la refrigeración. Además, el nuevo marco normativo europeo sitúa al consumidor con un importante papel activo en el centro de estos sectores, tanto de manera individual como colectiva, y diseña un conjunto de nuevos sujetos y un notable catálogo de nuevos derechos.
Son muchas las obligaciones que surgen para los
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 4 de noviembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Julio César Diaz Casales)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 6041/2019- ECLI: ES: TSJ GAL:2019:6041
Temas Clave: Legalización de vivienda; Clasificación de suelos; Ganadería; Autoconsumo
Resumen:
Un particular recurre en apelación la sentencia desestimatoria del recurso frente a la Resolución de denegación de la autorización autonómica para la legalización de vivienda en suelo rústico de protección ordinaria, a la que se pretende vincular una explotación agrícola destinada a autoconsumo.
En el pronunciamiento analizado, la Sala alude a una serie de antecedentes relevantes, entre los cuales:
En 2012 se resolvió el expediente de reposición de legalidad de la vivienda sin contar con la autorización autonómica perceptiva, advirtiendo que la construcción era legalizable so condición de obtener la autorización autonómica correspondiente. En caso contrario, se procedería a demoler el edificio. Se instó un expediente ante el Ayuntamiento, que solicitó a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la correspondiente autorización, denegada a 31 de enero de 2014,
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