Decreto 78/2014, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la producción ecológica en Aragón y se establece el régimen jurídico del Comité Aragonés de Agricultura Ecológica. (BOA núm. 95, de 19 de mayo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Agricultura; Producción ecológica; Alimentación; Certificación; Comité Aragonés de Agricultura Ecológica
Resumen:
Aun cuando la normativa comunitaria regula con minuciosidad la producción ecológica, algunos de sus aspectos deben ser regulados por los órganos que tengan capacidad para ello en cada Estado miembro. Este decreto se aprueba para dar cumplimiento al contenido de varios preceptos de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria en Aragón, que regula las diversas figuras de calidad diferenciada de los alimentos, dentro de las que se encuentra la producción ecológica.
Resulta de aplicación a los operadores que voluntariamente se acojan al sistema de producción ecológica y, más concretamente a los productores agrarios; elaboradores; importadores de productos de terceros países y comercializadores.
Agricultura:
BODIGUEL, Luc. “L’agriculture durable: un rêve de droit”. Droit de l’Environnement, n. 220, febrero 2014, pp. 63-69
BERGES ANGÓS, Iker. “Fusión de cooperativas y entidades asociativas agroalimentarias: Ley 13/2013”. Actualidad jurídica Aranzadi, n. 884, 2014, pp. 7-10
“L’interdiction programmée du recours: Loi n° 2014-110 du 6 février 2014 visant à mieux encadrer l’utilisation des produits phytosanitaires sur le territoire national”. Droit de l’Environnement, n. 220, febrero 2014, pp. 7680
KÖLLING, Mario. “Las Comunidades Autónomas en la negociación de la política de cohesión y la política agraria común de la Unión Europea en el contexto del marco financiero plurianual 2014-2020”. Anuario de la Facultad de Derecho (Universidad de Alcalá), n. 6, 2013, pp. 3-31, [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10017/20085 [Fecha de último acceso 30 de mayo de 2014].
Title: “Judgment of 13 December 2013, T-240/10 – Hungary v Commission. (“Amflora potato”)”
Author and translation: Isabel Hernández San Juan, Doctoral Student. Public Law Department, Carlos III University Of Madrid, ihernand@der-pu.uc3m.es
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00209
Agricultura:
BUENO ARMIJO, Antonio María. “Una alternativa al procedimiento de incumplimiento: las correcciones financieras de la política agrícola común”. Civitas. Revista española de derecho europeo, n. 46, 2013, pp. 29-75
Aguas:
FRANCO GARCÍA, Miguel Ángel. “Cuestiones administrativas en torno a la regulación de los tramos internacionales de los ríos Miño y Bidasoa”. Revista Aranzadi Doctrinal, n. 2, 2014, pp. 205-223
GORDON, Greg. “Environmental liability for offshore oil and gas operations in the UK”. Environmental Liability, vol. 21, n. 3, 2013, pp. 108-132
MOREU BALLONGA, José Luis. “El maltrato originario y creciente, por la legalidad vigente, a la propiedad privada del agua”. Revista de administración pública, n. 193, enero-abril 2014, pp. 335-373
WOUTERS, Patricia. “’Dynamic cooperation’ in international law and the shadow of state sovereignty in the context of transboundary waters”. Environmental Liability, vol. 21, n. 3, 2013, pp. 83-97
Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. (BOCyL núm. 55, de 20 de marzo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Agricultura; Alimentación; Desarrollo rural; Planes de Ordenación de Zonas de Especial Interés Agrario; Concentración parcelaria
Resumen:
En el marco de la importancia fundamental que el sector agrario representa en el desarrollo de Comunidad de Castilla y León y la fuerte vinculación existente entre este sector y la industria agroalimentaria, que a su vez desarrollan actividades conectadas al territorio; se aprueba esta ley, basada en dos premisas básicas: por una parte, en el carácter estratégico que poseen el sector agrario y la industria agroalimentaria para la economía regional y, por otra, en el reconocimiento de la importancia que tiene la actividad agraria en el desarrollo socioeconómico y ambiental de esta Comunidad.
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