Actividades clasificadas:
RODRÍGUEZ LAINZ, José Luis. “El nuevo régimen jurídico de las terrazas y veladores en la legislación andaluza sobre espectáculos públicos y actividades recreativas”. Medio ambiente y derecho: revista electrónica de derecho ambiental, n. 34, julio 2019, pp. 1-13, [en línea]. Disponible en Internet: https://huespedes.cica.es/gimadus/34/34-02_nuevo_regimen_juridico_terrazas.html [Fecha de último acceso 28 de enero de 2019].
Aguas:
FEDERICI GOMES, Magno; PEREIRA ROSA, Bruna. “Ação popular ambiental e tutela dos recursos hídricos”. Revista internacional de direito ambiental, n. 19, enero-abril 2018, pp. 229-256
SILVA PINTO, Pedro Luís da. “Visão internacional dos recursos hídricos do aquífero guarani e os perigos da exploração desmedida”. Revista internacional de direito ambiental, n. 19, enero-abril 2018, pp. 275-282
Alimentación:
SALAMERO TEIXIDÓ, Laura. “Las landfinll bans estadounidenses como modelo en la lucha contra el desperdicio de alimentos tras la reforma de la Directiva Marco de residuos”. Revista General de Derecho Administrativo, n. 52, octubre 2019
Aviación:
SERENI, Daniella Silvane; RODRIGUES VIEIRA, Tereza. “Dano ambienrtal e espiritual em aldeias indígenas: o caso do voo 737 da gol linhas aéreas”. Revista internacional de direito ambiental, n. 19, enero-abril 2018, pp. 119-130
Bienestar animal:
AUGUSTIN, Sérgio; ROCHA RICARDO, Filipe; ROCHA DE AGUIAR, Louise Maria. “A (in)eficácia da aplicação da pena
Ley 9/2019, de 11 de diciembre, de medidas de garantía del abastecimiento en episodios de sequía y en situaciones de riesgo sanitario
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG número 6, de 10 de enero de 2020
Temas Clave: Aguas; Sequía; Planificación hidrológica; Cambio climático; Concesión administrativa; Demarcación hidrográfica; Plan de emergencia; Cuencas intercomunitarias; Riesgo sanitario
Resumen:
La garantía en el suministro de agua en cantidad y calidad adecuada exige la existencia de un marco de coordinación idóneo entre todas las administraciones con competencias en la materia. Con esta finalidad, la propia Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, regula las competencias tanto de la Administración hidráulica de Galicia como de las entidades locales, y establece mecanismos para la colaboración entre las distintas administraciones.
Con carácter general, esta regulación fue eficaz y permitió mejorar la gestión de los sistemas de abastecimiento y la construcción de importantes infraestructuras, con la finalidad de incrementar la garantía en el suministro del agua. No obstante, en los últimos años, los periodos de escasez de precipitaciones y, derivado de ello, de merma de los recursos
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 4 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: María José Pereira Maestre)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AND 15222/2019 – ECLI: ES:TSJAND:2019:15222
Temas Clave: Aguas; Aprovechamientos privados; Catálogo; Inscripción; Pozos
Resumen:
El objeto de este recurso se ciñe a dos Resoluciones:
-La Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fecha 29 de abril de 2016, que desestima el recurso de reposición formulado contra la de fecha 31 de julio de 2015, que resuelve, entre otros pronunciamientos, denegar la inclusión en el Catálogo de Aguas Privadas de la captación nº 12, solicitado en fecha 27/12/1988, en una finca del término municipal Villanueva del Río y Minas (Sevilla).
-La Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fecha 30 de diciembre de 2015, desestimatoria del recurso de reposición deducido frente a la de fecha 31 de julio de 2015, que resuelve denegar la inclusión en el Catálogo de Aguas Privadas de las dos captaciones diferenciadas solicitado en fecha 3/7/1997 y 4/4/2003 en una finca
Ley 8/2019, de 23 de diciembre, de regulación del aprovechamiento lúdico de las aguas termales de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG número 2 de 3 de enero de 2020
Temas Clave: Aguas termales; Aguas subterráneas; Turismo sostenible; Recursos hídricos; Balneario; Espacios termales
Resumen:
La Comunidad de Galicia es una de las regiones de Europa con mayor riqueza en aguas minerales y termales. En la actualidad es la comunidad autónoma líder en España en cuanto a la oferta termal. Sus 21 balnearios, con más de tres mil plazas hoteleras, representan en torno al 20 % de los establecimientos nacionales y reciben anualmente cerca de ciento cincuenta mil personas usuarias. Buena parte de los trescientos manantiales de aguas mineromedicinales existentes en Galicia son aguas termales, según la legislación, al contar estas aguas con una temperatura superior en más de cuatro grados centígrados al promedio anual del lugar en que emergen.
Las aguas termales, además de ser utilizadas por los balnearios con fines terapéuticos, pueden ser aprovechadas para otras finalidades, y desde finales del siglo XX ha crecido en todo el mundo la
Sentencia del 3 de diciembre de 2019 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, “Buenos Aires, Provincia c/ Santa Fe, Provincia s/ Acción Declarativa de Inconstitucionalidad”
Autor: Juan Claudio Morel. Master en Derecho Ambiental por la Universidad Internacional de Andalucía – Dr. en Derecho por la Universidad de Alicante y Profesor Titular de Derecho Ambiental de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN sede Tandil) Argentina
Fuente: Corte Suprema de la Nación Argentina
Temas Clave: Conflicto interjurisdiccional ; Derivación de aguas a través de un canal de desagüe construido de manera inconsulta de una Provincia a otra; Derechos de incidencia colectiva Ponderación de lo interjurisdiccional con lo ambiental, naturaleza jurídica del agua; Manejo racional, equitativo y sostenible del agua en la cuenca; Control obras hidráulicas no autorizadas y Comisión Interjurisdiccional
Resumen:
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Argentina. Pleito interjurisdiccional (federal) que inició en el año 2000 la Provincia de Buenos Aires contra la Provincia de Santa Fe, en términos de Art. 127 Constitución Nacional (conflictos interprovinciales de competencia originaria y exclusiva de la Corte Federal), para lograr un mandato de prohibición a la Provincia de
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