Sentencia del Tribunal Constitucional de 19 de mayo de 2011 (El Pleno del Tribunal Constitucional, Ponente: Elisa Pérez Vera)
Autor: David Arribas Gómez, Licenciado en Derecho
Fuente: BOE núm. 172, de 19 de mayo de 2011
Temas Clave: Aguas; Planificación Hidrológica; Estatutos de Autonomía; Competencias; Cuencas hidrográficas; La Rioja; Aragón
Resumen:
El Pleno del Tribunal Constitucional resuelve en esta sentencia el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través del cual se impugnan los artículos 19 (derechos en relación con el agua), 72 (aguas) y Disposición Adicional Quinta de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón (EAAr). El objeto del recurso se ciñe a las posibles extralimitaciones competenciales o infracciones del bloque de la constitucionalidad del EAAr relacionadas con las aguas superficiales o subterráneas que discurren o están ubicadas en Aragón, en especial la cuenca hidrográfica del Ebro, cuya demarcación integra a la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El Tribunal llega a la conclusión final de que los artículos 19 y 72 del EAAr no son inconstitucionales.