Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Ángel Ramon Arzolamena Laso)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 1471/2016 – ECLI:ES:TS:2016:1471
Temas Clave: Vertido de aguas residuales; autorización provisional de vertido; Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; proyecto técnico; Agencia Andaluza del Agua; competencias municipales sobre aguas
Resumen:
El Ayuntamiento de Churriana de la Vega, en Granada, interpone recurso de casación contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, de fecha 17 de marzo de 2014, que desestima el recurso contencioso administrativo núm. 1601/2008 interpuesto por el Ayuntamiento de Churriana de la Vega contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 4 de abril de 2008 por la que 1o) se deniega la revisión de autorización de vertido de aguas residuales procedentes de núcleo urbano; 2o) se deroga la autorización provisional de vertido de 30 de octubre de 1987; y 3o) se comunica al Ayuntamiento
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala sexta), de 10 de marzo de 2016, asunto C-38/15, que resuelve recurso por incumplimiento contra España de la Directiva 91/271, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universitat de València
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-38/1, ECLI:EU:C:2016:156
Temas Clave: Aguas residuales urbanas; instalaciones de tratamiento; vertidos; zonas sensibles; tratamiento adecuado; toma de muestras
Resumen:
El TJUE declara que España ha incumplido el art. 5, apartados 2 y 3, de la Directiva 91/271, por no haber garantizado que el 24 de junio de 2014 (plazo fijado en el dictamen motivado de la Comisión), los vertidos procedentes de cuatro aglomeraciones de más de 10.000 habitantes (Berga, Figueres, El Terri (Banyoles); y, Pontevedra-Marín-Poio-Bueu) cumplieran los requisitos exigidos para las “zonas sensibles” así como, en el caso Pontevedra, el incumplimiento adicional del art. 4, que exige someter el influente a “tratamiento secundario o proceso equivalente”.
La Sentencia comienza recordando que, según la doctrina del Tribunal de Justicia, para cumplir estos preceptos es suficiente presentar una muestra, tomada tras la puesta en funcionamiento de la instalación depuradora, que demuestre que el
Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jose Juan Suay Rincon)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 222/2016 – ECLI:ES:TS:2016:222
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; EDAR; Declaración de Impacto ambiental; acto de trámite cualificado; discrecionalidad técnica
Resumen:
La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (en adelante, AGE) interpuso recurso de casación contra la Sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 3 de junio de 2014, recaída en el recurso no 486/2012 , sobre medio ambiente. En el proceso contencioso administrativo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dictó Sentencia de fecha 3 de junio de 2014 , por cuya virtud se estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por seis personas físicas contra la Resolución de fecha 16 de octubre de 2009, del Director General del Agua, dictada por delegación del Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, sobre
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala segunda), de 28 de enero de 2016, asunto C-398/14, que resuelve recurso por incumplimiento de la Directiva 91/271, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, contra Portugal
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universitat de València
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-398/14, ECLI:EU:C:2016:61
Temas Clave: Aguas residuales urbanas; instalaciones de tratamiento; vertidos; tratamiento adecuado
Resumen:
El TJUE declara que Portugal ha incumplido el art. 4 de la Directiva por no haber garantizado, en 44 aglomeraciones, el sometimiento de los vertidos de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas a tratamiento adecuado. La Sentencia comienza declarando que para cumplir dicho artículo es suficiente con acreditar, mediante una muestra tomada tras la puesta en funcionamiento de la instalación, que el vertido cumple los requisitos de calidad del anexo I.B, rechazando la interpretación de la Comisión que requería los resultados de muestras tomadas durante todo un año, conforme al anexo I.D.
Aclarado el alcance del art. 4, el Tribunal fiscaliza la situación de las aglomeraciones cuestionadas a la luz de los datos aportados por la Comisión y el Estado, constatando el incumplimiento en todas
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 5 de noviembre de 2015 (Ponente: Fernando Valdés Dal-Ré)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 296, de 11 de diciembre de 2016
Temas Clave: Costas; Dominio público marítimo-terrestre; Principio de regresión; Playa; Dunas; Terrenos inundables; Yacimientos de áridos; Actividades de cultivo marino o salinas marítimas; Obras de reparación, mejora y consolidación; Urbanizaciones marítimo-terrestres; Prórroga de concesiones; Deslindes; Isla de Formentera; Instalaciones de depuración de aguas residuales
Resumen:
El Pleno del Tribunal examina el recurso interpuesto por ciento seis diputados del grupo parlamentario socialista del Congreso de los Diputados contra el art. 1, apartados 2, 3, 10, 11, 12, 39, 40 y 41; el art. 2; las disposiciones adicionales segunda, cuarta, quinta, sexta, séptima y novena; la disposición transitoria primera, y el anexo de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas.
Con carácter previo, el Tribunal repasa su doctrina acerca del contenido de los preceptos constitucionales sobre los que gira el planteamiento del recurso: los arts.
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