2. Destaca la contribuci\u00f3n que el biog\u00e1s puede aportar a la reducci\u00f3n de la dependencia energ\u00e9tica de la Uni\u00f3n Europea;<\/p>\r\n
3. Subraya que la producci\u00f3n de biog\u00e1s a partir de esti\u00e9rcol, lodos y residuos municipales, org\u00e1nicos y animales favorece la diversificaci\u00f3n del sector energ\u00e9tico y puede de ese modo, en creciente medida, no solo contribuir a la seguridad, competitividad y sostenibilidad del aprovisionamiento energ\u00e9tico europeo, sino tambi\u00e9n ofrece, a la agricultura nuevas perspectivas de ingresos;<\/p>\r\n
4. Considera que la utilizaci\u00f3n de biog\u00e1s, especialmente para la producci\u00f3n de calor y electricidad, podr\u00eda contribuir significativamente al objetivo de que, con car\u00e1cter vinculante a partir del a\u00f1o 2020, el 20% de la energ\u00eda consumida en la Uni\u00f3n Europea proceda de fuentes renovables;<\/p>\r\n
5. Subraya que, a largo plazo, las energ\u00edas renovables tales como el biog\u00e1s y los biocombustibles, en conjunci\u00f3n con la energ\u00eda solar y la energ\u00eda e\u00f3lica y a condici\u00f3n de realizar mayores esfuerzos en materia de investigaci\u00f3n, pueden lograr una m\u00e1s amplia independencia respecto de las fuentes energ\u00e9ticas f\u00f3siles y at\u00f3micas;<\/p>\r\n
6. Alienta tanto a la Uni\u00f3n Europea como a los Estados miembros a explotar el elevado potencial del biog\u00e1s, creando un entorno favorable y manteniendo y desarrollando los reg\u00edmenes de ayuda para incentivar las inversiones en plantas de biog\u00e1s y el mantenimiento de las mismas;<\/p>\r\n
Medio ambiente, eficiencia energ\u00e9tica y sostenibilidad<\/span><\/p>\r\n
7. Resalta que el biog\u00e1s procedente del esti\u00e9rcol presenta numerosas ventajas medioambientales, tales como la reducci\u00f3n de metano y emisiones de CO2, la reducci\u00f3n de emisiones de part\u00edculas y mon\u00f3xidos de nitr\u00f3geno, un olor mucho menos desagradable, la higienizaci\u00f3n de los purines y una mejor capacidad de fertilizaci\u00f3n del nitr\u00f3geno en el esti\u00e9rcol tratado, lo que supone que se necesita menos nitr\u00f3geno para alcanzar el mismo efecto fertilizante;<\/p>\r\n
8. Subraya que la producci\u00f3n de agrocombustibles a partir de los residuos no deber\u00eda convertirse en un objetivo en s\u00ed misma; considera que la reducci\u00f3n de los residuos deber\u00eda continuar siendo una prioridad para la pol\u00edtica medioambiental de la Uni\u00f3n Europea y para la de los Estados miembros;<\/p>\r\n
9. Pide que se utilicen en mayor medida los purines como fuente de biog\u00e1s, dado que todav\u00eda ofrecen un gran potencial, y que paralelamente se refuerce el car\u00e1cter descentralizado de las instalaciones de biog\u00e1s productoras de energ\u00eda; constata que, mediante una mayor utilizaci\u00f3n de los purines, se reducir\u00e1n considerablemente las emisiones de metano en el almacenamiento de los mismos;<\/p>\r\n
10. Subraya que el esti\u00e9rcol, las aguas residuales municipales y los residuos agroindustriales pueden contener sustancias (bacterias, virus, par\u00e1sitos, metales pesados, substancias org\u00e1nicas nocivas) que pueden suponer una amenaza para la salud p\u00fablica y el medio ambiente; insta a la Comisi\u00f3n a garantizar que se tomen las debidas precauciones para evitar la contaminaci\u00f3n y la difusi\u00f3n de esas sustancias y de las enfermedades que puedan ocasionar;<\/p>\r\n
11. Se\u00f1ala que el uso de lodos y residuos animales u org\u00e1nicos mejorar\u00e1 la eficiencia de las instalaciones de biog\u00e1s; se\u00f1ala que los problemas de higiene en caso de utilizaci\u00f3n de residuos animales pueden controlarse en la mayor parte de los casos de manera comparativamente m\u00e1s f\u00e1cil;<\/p>\r\n
12. Pide asimismo la utilizaci\u00f3n de productos de transformaci\u00f3n de primer grado, tales como las peladuras de patata o la pulpa de frutos, como biomasa en las instalaciones de biog\u00e1s;<\/p>\r\n
13. Subraya que se espera que el desarrollo en el campo t\u00e9cnico y de gesti\u00f3n aumente a\u00fan m\u00e1s en un futuro pr\u00f3ximo, lo que incrementar\u00e1 las ventajas medioambientales y sanitarias de las plantas de biog\u00e1s que utilizan esti\u00e9rcol, purines y residuos org\u00e1nicos;<\/p>\r\n
14. Cree que las instalaciones de biog\u00e1s, al igual que las explotaciones con animales, han de presentar garant\u00edas de sostenibilidad y unas dimensiones adaptadas a su regi\u00f3n, de modo que sus ventajas medioambientales puedan dar lugar a una mayor aceptaci\u00f3n de dichas explotaciones, que se enfrentan a muchos problemas debido al aumento de las quejas de los vecinos y del p\u00fablico en general;<\/p>\r\n
15. Destaca que una instalaci\u00f3n de biog\u00e1s a partir del esti\u00e9rcol, los purines y los residuos org\u00e1nicos puede dar lugar a una mayor lixiviaci\u00f3n de amoniaco, pero se\u00f1ala que este efecto colateral puede evitarse de manera relativamente f\u00e1cil y las medidas preventivas pueden integrarse en la legislaci\u00f3n nacional relativa a las instalaciones de biog\u00e1s as\u00ed como en las ayudas concedidas a dichas instalaciones;<\/p>\r\n
16. Pide a los Estados miembros y a la Comisi\u00f3n que garanticen que en las instalaciones de biog\u00e1s no haya fugas de metano, dado que tales fugas podr\u00edan neutralizar los efectos positivos en materia de calentamiento clim\u00e1tico;<\/p>\r\n
Necesidad de revisar la legislaci\u00f3n de la UE<\/span><\/p>\r\n
39. Pide a la Comisi\u00f3n y a los Estados miembros que desarrollen una pol\u00edtica coherente en materia de biog\u00e1s; pide a la Comisi\u00f3n que presente un informe especifico sobre el biog\u00e1s y su promoci\u00f3n en Europa se\u00f1alando los cambios necesarios en las legislaciones comunitaria y nacional con el fin de facilitar una mayor expansi\u00f3n del sector del biog\u00e1s, destacando los m\u00e9todos m\u00e1s eficientes para utilizar la financiaci\u00f3n y los programas europeos as\u00ed como ofreciendo ejemplos de buenas pr\u00e1cticas; pide igualmente en este marco una evaluaci\u00f3n de las repercusiones de las diversas formas de producci\u00f3n de biog\u00e1s para el clima, la ecolog\u00eda paisaj\u00edstica, la renta agr\u00edcola y la seguridad alimentaria a escala planetaria;<\/p>\r\n
40. Propone que el fomento del biog\u00e1s se incluya en el marco de la propuesta de Directiva relativa al fomento del uso de energ\u00eda procedente de fuentes renovables (COM(2008)0019), con particular \u00e9nfasis en los siguientes elementos<\/p>\r\n
a) estad\u00edsticas anuales e informes sobre la producci\u00f3n de biog\u00e1s agr\u00edcola para poder hacer el seguimiento de los objetivos,<\/p>\r\n
b) medidas para la construcci\u00f3n y promoci\u00f3n de instalaciones de biog\u00e1s basadas en una evaluaci\u00f3n de impacto nacional o regional, promoviendo aquellas instalaciones que sean m\u00e1s beneficiosas a escala nacional y\/o regional para el medio ambiente y sean econ\u00f3micamente sostenibles; las medidas para la difusi\u00f3n y promoci\u00f3n de los resultados obtenidos en anteriores experiencias o proyectos de demostraci\u00f3n han de incluirse en todos los planes; si la reglamentaci\u00f3n sobre desarrollo regional y rural no permite financiar esas medidas, ha de modificarse la reglamentaci\u00f3n,<\/p>\r\n
c) los Estados miembros deben realizar una planificaci\u00f3n nacional y regional para restringir los obst\u00e1culos legales y administrativos; por ejemplo, no debe darse preferencia al gas natural y otros combustibles f\u00f3siles en zonas en las que es posible vender el calor procedente del biog\u00e1s a los proveedores de calefacci\u00f3n urbana;<\/p>\r\n
41. Insta a la Comisi\u00f3n a presentar cuanto antes posible una propuesta de directiva sobre los residuos biol\u00f3gicos, que incluya normas de calidad; pide a la Comisi\u00f3n que estudie la posibilidad de una directiva conjunta para el biog\u00e1s y los residuos biol\u00f3gicos;<\/p>\r\n
42. Pide a la Comisi\u00f3n que presente propuestas legislativas sobre el uso de los residuos procedentes de instalaciones de biog\u00e1s<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Uni\u00f3n Europea","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-union-europea-14","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2020-08-25 12:18:34","post_modified_gmt":"2020-08-25 10:18:34","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1172","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->
Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2008, sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE (2007/2107(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
La Resolución del Parlamento Europeo viene a establecer las siguientes consideraciones en relación a la agricultura sostenible y al biogás:
Biogás como recurso vital
1.Reconoce que el biogás es un recurso energético vital que contribuye a un desarrollo económico, agrícola y rural sostenible y a la protección del medio ambiente;
Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas (BOE nº 23, de 27 de Enero de 2009)
Objeto.
Este real decreto tiene por objeto establecer las normas básicas y de coordinación del Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas (Programa nacional), y la regulación de la normativa zootécnica de los animales de raza y équidos registrados.
Contenido.
El Programa nacional comprende, como mínimo, las siguientes actuaciones:
a) Caracterización y clasificación de las razas para su inclusión en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, así como de sus diferentes encastes, estirpes o variedades.
Decreto 253/2008, de 30 de octubre, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (DOGA nº 218, de 10 de Noviembre de 2.008)
Antecedentes:
La Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, y el Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, que establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas, prevén que todas las explotaciones ganaderas deberán estar registradas en la comunidad autónoma donde radiquen, incluyéndose los datos básicos en un registro nacional de carácter informativo.
La aplicación de dicha normativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia determina la necesidad de contemplar las anteriores especificidades dentro del Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia.
Por otra parte la Orden de 16 de junio de 1998 reguló, en Galicia, el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias, con base en la Ley 19/1995, de modernización de las explotaciones agrarias, lo cual se integra en este Decreto 253/2008, como una sección específica del Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia.
Características
Con la creación del Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, se facilita la aplicación y gestión de las ayudas vinculadas al sector, homogeneizando los datos registrales
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