<\/p>\r\n

El recurrente alega esencialmente que es titular de un solar en el que se ubica una vivienda unifamiliar que se ha visto afectada por el deslinde del DPMT y, m\u00e1s en concreto, por la anchura de la servidumbre de protecci\u00f3n, que considera debe reducirse a 20 metros entre los v\u00e9rtices 122 y 134, dej\u00e1ndose sin efecto los 100 metros que acuerda la Orden. Basa su afirmaci\u00f3n en que a la entrada en vigor de la Ley de Costas, el terreno de su propiedad estaba clasificado como suelo urbano y as\u00ed ha permanecido en el PGOU del Concello de Vigo aprobado en fecha 16 de mayo de 2008 por la Xunta de Galicia, pese a incluirse en el \u00e1mbito del Plan Especial de Protecci\u00f3n Monte da Gu\u00eda.<\/p>\r\n

La Sala examina la regulaci\u00f3n de la servidumbre de protecci\u00f3n establecida con car\u00e1cter general en la Ley de Costas \u2013que recaer\u00e1 sobre una zona de 100 metros medida tierra adentro desde el l\u00edmite interior de la ribera del mar, pues as\u00ed se dispone en su art\u00edculo 23.1- y las excepciones establecidas en su Disposici\u00f3n Transitoria 3 y en la Disposici\u00f3n Transitoria Novena 3 del Reglamento de la Ley de Costas, que permiten su reducci\u00f3n a 20 metros para el caso de terrenos urbanos que contaran con esa clasificaci\u00f3n a la entrada en vigor de la ley.<\/p>\r\n

Lo esencial en este caso radica en el contenido de la SAN de 3 de marzo de 2011, que para un caso semejante, entendi\u00f3 que lo prevalente era la clasificaci\u00f3n del terreno en el momento de la aprobaci\u00f3n del deslinde por la Orden correspondiente, que no era otro que \u201csuelo no urbano\u201d; por lo que no cab\u00eda la reducci\u00f3n de la servidumbre a 20 metros.<\/p>\r\n

Sin embargo, la sentencia anterior ha sido anulada por la STS de 31 de octubre de 2013 al entender que no hab\u00eda constancia, ni a\u00fan en forma indiciaria, de que a la fecha de aprobaci\u00f3n del deslinde los terrenos hubieran perdido la clasificaci\u00f3n de suelo urbano. La Sala acata el contenido de esta resoluci\u00f3n judicial y resuelve a favor del recurrente, reduciendo a 20 metros la anchura de la servidumbre de protecci\u00f3n.<\/p>\r\n

Destacamos los siguientes extractos<\/strong>:<\/p>\r\n

\u201c(\u2026) Sin embargo, dicha sentencia ha sido anulada por la STS de 31 de octubre de 2013 (Rec. 2982\/2011)por estimar que el citado razonamiento en que se apoyaba la sentencia recurrida se basaba en un presupuesto que no se corresponde con la realidad, al no haber constancia, ni a\u00fan en forma indiciaria, de que a la fecha de aprobaci\u00f3n del deslinde los terrenos hubiesen perdido la clasificaci\u00f3n de suelo urbano y, a\u00f1ad\u00eda en el Fundamento de Derecho segundo:<\/p>\r\n

\"Como hemos visto, la Sala de instancia deriva dicha apreciaci\u00f3n del hecho que con la Adaptaci\u00f3n del Plan General aprobada en 1993 los terrenos quedaron comprendidos en el \u00e1mbito de un Plan Especial de protecci\u00f3n, excluy\u00e9ndose respecto de ellos todo desarrollo urbano y edificatorio. Pero la conclusi\u00f3n no puede ser compartida pues el hecho de que el planeamiento urban\u00edstico - sea directamente el Plan General o mediante la remisi\u00f3n de \u00e9ste a un Plan Especial, o por la conjunci\u00f3n de ambos instrumentos dispense protecci\u00f3n a una zona, excluy\u00e9ndola del desarrollo urbano, en modo alguno resulta incompatible con su clasificaci\u00f3n como suelo urbano. Muy por el contrario, la realidad cotidiana ofrece m\u00faltiples ejemplos de la ordenaci\u00f3n de terrenos que, bajo distintas denominaciones, -parques y jardines, espacios libres, zonas verdes... -quedan excluidos de toda posibilidad de aprovechamiento edificatorio sin perder por ello la clasificaci\u00f3n de suelo urbano.<\/em><\/p>\r\n

No hay duda de que, desde el punto de vista urban\u00edstico, los terrenos as\u00ed ordenados quedar\u00e1n sujetos a las limitaciones y al r\u00e9gimen de protecci\u00f3n que les asigna el planeamiento -en este caso, la Adaptaci\u00f3n del Plan General y el Plan Especial a que alude la sentencia recurrida-. Pero nada permite afirmar que los terrenos perdiesen la clasificaci\u00f3n de suelo urbano que ten\u00edan con anterioridad. Y puesto que esa clasificaci\u00f3n ya la ten\u00edan cuando entr\u00f3 en vigor la Ley de Costas y la manten\u00edan cuando se aprob\u00f3 el deslinde, ninguna raz\u00f3n hay para que no se considere de aplicaci\u00f3n la disposici\u00f3n transitoria tercera. 3 de la Ley de Costas\".<\/em><\/p>\r\n

En consecuencia la citada sentencia anula la Orden de deslinde de 29 de septiembre de 2006 en cuanto asigna a la servidumbre de protecci\u00f3n entre los v\u00e9rtices 122 a 133 una anchura de 100 metros, debiendo quedar reducida tal anchura a 20 metros (\u2026)\u201d.<\/p>\r\n

Comentario de la Autora<\/strong>:<\/p>\r\n

En este caso, a pesar de que la clasificaci\u00f3n con que contaba el terreno con anterioridad a la aprobaci\u00f3n de la Ley de Costas era la de \u201csuelo urbano\u201d, lo cierto es que el hecho de que tal situaci\u00f3n no persistiera cuando se aprob\u00f3 el deslinde en fecha 29 de septiembre de 2006, pues hab\u00eda resultado alterada al aprobarse definitivamente la Adaptaci\u00f3n del Plan General, por acuerdo de 29 de abril de 1993, en cuya virtud los terrenos del Monte de Gu\u00eda hab\u00edan quedado comprendidos en el \u00e1mbito de un Plan Especial de Protecci\u00f3n y se exclu\u00eda toda posibilidad de desarrollo urbano en la zona; lo cierto es que la exclusi\u00f3n del aprovechamiento edificatorio de un suelo no le priva de la consideraci\u00f3n urbana a los efectos de la aplicaci\u00f3n de la disposici\u00f3n transitoria tercera. 3 de la Ley de Costas y la reducci\u00f3n a 20 metros de la servidumbre de protecci\u00f3n.<\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"<\/a>\u00a0<\/span><\/strong><\/p>\r\n

\u00a0<\/p>","post_title":"Jurisprudencia al d\u00eda. Audiencia Nacional. Galicia. Servidumbre de protecci\u00f3n","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"jurisprudencia-al-d%c3%ada-audiencia-nacional","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2014-06-18 14:50:04","post_modified_gmt":"2014-06-18 12:50:04","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=12173","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

24 June 2014

National High Court Current Case Law

Jurisprudencia al día. Audiencia Nacional. Galicia. Servidumbre de protección

Sentencia de la Audiencia Nacional, de 9 de mayo de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: María Luz Lourdes Sanz Calvo)

Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: ROJ SAN 2113/2014

Temas Clave: Dominio público marítimo-terrestre; Servidumbre de protección; Anchura de 20 metros; Deslinde

Resumen:

Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular frente a la Resolución de 4 de abril de 2011 del Secretario General Técnico del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 4 de abril de 2011, que a su vez desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la Orden Ministerial de 29 de septiembre de 2006, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre (DPMT) del tramo de costa de unos 12.452 metros de longitud, en la ría de Vigo, comprendido desde el municipio de Redondela hasta la playa del Matadero, término municipal de Vigo.

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23 June 2014

Autonomous communities Current Legislation Basque Country

Legislación al día. País Vasco. Conservación de la Naturaleza

Decreto legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. (BOPV núm. 92, de 19 de mayo)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Biodiversidad; Plan de Ordenación de los Recursos Naturales; Espacios naturales protegidos; Especies de flora y fauna; Pesca

Resumen:

El nuevo texto refunde la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco y las reformas en ella operadas por la Ley 2/1997, de 14 de marzo, de modificación de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco; la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza; la Ley 1/2010, de 11 de marzo, de modificación de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco; y la Ley 2/2013, de 10 de octubre, de modificación de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Responde a la siguiente estructura:

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23 June 2014

Current Legislation European Union

Legislación al día. Unión Europea. Pesca

Reglamento (UE) núm. 544/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, que modifica el Reglamento (CE) núm. 302/2009 del Consejo por el que se establece un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo. (DOUE L 163, de 29 de mayo de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Especies marinas; Plan de recuperación; Atún rojo

Resumen:

Se procede a la modificación del Reglamento comunitario por el que se estableció un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo, que sería adoptado con el fin de aplicar las medidas de conservación internacionales a escala europea. Concretamente, se procede a modificar la ordenación referente a las campañas de pesca; de tal modo que las campañas de pesca pasan a considerarse temporadas de pesca abiertas, frente a las temporadas de veda anteriormente previstas. Además, se modifican las fechas efectivas en que se autorizan las actividades pesqueras de cerqueros, buques de cebo vivo curricaneros. Así como, se introduce una disposición que autoriza explícitamente la pesca

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20 June 2014

Current Issues

Actualidad al día. Universidad de Huelva. Congreso “La política de la Unión Europea en materia de cambio climático”, de 30 de junio al 8 de julio

Curso en la Universidad de Huelva: “La política de la Unión Europea en materia de cambio climático”, de 30 de junio al 8 de julio

Autora: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: http://www.uhu.es/ue.cambio.climatico

Temas Clave: Universidad; Cambio climático; Política ambiental; Unión Europea

Resumen:

La Universidad de Huelva, con apoyo del Programa Jean Monnet, celebrará durante los próximos 30 de Junio al 8 de Julio de 2014 la tercera edición del curso “La política de la Unión Europea en materia de cambio climático”. Éste se impartirá en el Seminario 1 de la Facultad de Derecho.

Este curso está especialmente destinado a profesionales y alumnado con formación técnico-científica que requieran ampliar y desarrollar sus conocimientos sobre la política y la regulación europea en materia de cambio climático. A esto se suma que resulta un complemento útil para quienes tienen formación en ciencias sociales y jurídicas, y requieren una especialización en un área temática ambiental europea como es la Política en materia de cambio climático.

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20 June 2014

Articles Periodical publications Bibliographic references

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

Energía:

BARCINA, Carlos. “Reunión del Ararteko con la Plataforma Gure Energia: debate sobre un nuevo modelo energético=Arartekoaren bilera Gure Energia plataformarekin: Energia-eredu berri bati buruzko eztabaida”. Foro Medio Ambiente (Carlos Barcina), 15 de abril de 2014, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogak.ararteko.net/ingurumena/2014/04/15/reunion-del-ararteko-con-energia-berritzen-debate-sobre-un-nuevo-modelo-energetico/ [Fecha de último acceso 30 de mayo de 2014].

REINS, Leonie. “In Search of the Legal Basis for Environmental and Energy Regulation at the EU Level: The Case of Unconventional Gas Extraction”. Review of European, Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 23, n. 1, abril 2014, pp. 125-133

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