Aprobada la primera norma mundial sobre la Huella de Agua
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Europa Press
Temas Clave: Agua; Gestión ambiental; Impacto ambiental
Resumen:
La Organización Internacional de Normalización (ISO) ha aprobado la primera norma internacional sobre la Huella de Agua, la ISO 14046, que establece los principios, requisitos y directrices para una correcta evaluación de la huella de agua de productos, procesos y organizaciones, a partir del análisis de su ciclo de vida.
El principal objetivo de esta norma es evaluar los impactos ambientales de las actividades de las organizaciones sobre el agua, favoreciendo la mejora en la gestión de este recurso escaso.
Acceso a la justicia:
URQUHART DE CADEMARTORI, Sérgio; FERRI, Caroline. “A Construção de Garantias para o Direito de Acesso e a Esfera do Ambiente”. Seqüência: estudos jurídicos e políticos, vol. 34, n. 67, 2013, pp. 139-164, [en línea]. Disponible en Internet: https://periodicos.ufsc.br/index.php/sequencia/article/view/2177-7055.2013v34n67p139 [Fecha de último acceso 16 de junio de 2014].
Agricultura:
JANNARELLI, Antonio. “Il divenire del diritto agrario italiano ed europeo tra sviluppi tecnologici e sostenibilità”. Rivista di diritto agrario, n. 1, 2013, pp. 11-36
MÖCKEL, Stefan. “Agrarwende in Sicht?”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 5, 2014
RUSSO, Luigi. “I nuovi contratti agrari”. Rivista di diritto agrario, n. 1, 2013, pp. 36-98
Se han publicado los siguientes números de publicaciones periódicas con contenido jurídico ambiental que puede usted solicitar en el Centro de Documentación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT), a través de biblioteca@cieda.es:
– Ambiental y cual, junio 2014, http://blogs.lavozdegalicia.es/javiersanz/
– El dial: suplemento de derecho ambiental, 6 mayo, 10 junio 2014
– Foro Medio Ambiente (Carlos Barcina), junio 2014, http://blogak.ararteko.net/ingurumena
– Harvard Environmental Law Review, vol. 38, n. 1, 2014, http://www3.law.harvard.edu/journals/elr/volume-38-number-1-2014/
– Revista de Derecho Ambiental de la Universidad de Palermo, vol. 2, n. 1, mayo 2013; vol. 2, n. 2, noviembre 2013, http://www.palermo.edu/derecho/anuario-derecho-ambiental/revista-derecho-ambiental.html
Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: María Isabel Penello Domenech)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2230/2014
Temas Clave: Autorización de potencia; energía renovables; parques eólicos
Resumen:
La Sentencia que comentamos en esta ocasión resuelve el recurso de casación interpuesto por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía contra la Sentencia de 24 de febrero de 2001 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede en Málaga) en el recurso contencioso-administrativo planteado por Sociedad Mercantil contra la autorización administrativa concedida a la misma para puesta en marcha de parque eólico y la desestimación presunta del correspondiente recurso de alzada, en la medida en que se autorizó una potencia inferior a la solicitada para la que, sin embargo, sí se había constituido fianza.
Reglamento (UE) núm. 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 842/2006 (DOUE L 150/195, de 20 de mayo de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Efecto Invernadero; Gases fluorados
Resumen:
Mediante este reglamento se procede al establecimiento de cuatro cuestiones esenciales al fin de la protección del medio a través de la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero; a saber: establece las normas sobre contención (capítulo segundo), uso, recuperación y destrucción de gases fluorados de efecto invernadero, así como sobre las medidas de acompañamiento conexas; fija las condiciones a la comercialización de productos y aparatos específicos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos (capítulo tercero); así como establece las condiciones a usos específicos de gases fluorados de efecto invernadero; y, finalmente, fija límites cuantitativos para la comercialización de hidrofluorocarburos.
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