Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. (DOCV núm. 7319, de 17 de julio de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Vías pecuarias
Resumen:
La Comunitat Valenciana cuenta con un rico patrimonio de vías pecuarias que conforman una red de más de 14.000 kilómetros y ha devenido en uno de sus principales activos medioambientales, que esta ley pretende defender. Su conservación confiere a la Comunitat la posibilidad de establecer una estructura verde de comunicaciones, independiente de la red de carreteras, que articulará todo el territorio valenciano y facilitará el acercamiento entre los cascos urbanos y el campo. Para ello se prevé complementar, con respecto a su función tradicional de tránsito ganadero, nuevas utilidades que tienen que ver con las actividades recreativas y medioambientales.
Esta ley se estructura en un título preliminar y cinco títulos; seis disposiciones adicionales, cinco transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.
En el título preliminar “disposiciones generales”, se recoge la finalidad de esta ley, que no es otra que “conservar y consolidar, proteger y recuperar
Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de junio de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2718/2014
Temas Clave: Asignación individual; derechos de emisión; nuevos entrantes; planificación
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso contencioso-administrativo presentado por Mercantil perteneciente a la rama de la industria cementera contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2013 por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión al sexto conjunto de instalaciones de la misma que solicitan asignación como nuevos entrantes del período 2008-2012, y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
En esencia, el recurso se plantea sobre la base de diferentes argumentos de impugnación, entre los que destaca que la asignación aprobada vulnera la metodología y criterios de asignación establecidos en la Ley y en el Plan de Asignaciones 2008-2012, aprobado por el Real Decreto 1370/2006; la situación de discriminación
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 12 de junio de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Fernando de Mateo Menéndez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ SAN 3033/2014
Temas Clave: Dominio público marítimo-terrestre; Vertido; Concesión
Resumen:
Se examina en este caso el recurso contencioso-administrativo formulado por la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria frente a la Resolución de 29 de diciembre de 2009 del entonces Ministerio de Medio Ambiente, MedioRural y Marino, por la que se otorgaba a la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua del Gobierno de Cantabria la concesión para la ocupación de unos 134,70 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre (DPMT) con destino a la ejecución del “Proyecto de Conducciones de vertido de la Junta de Usuarios Sniace, S.A. a la ría de San Martín desde el colector de industriales del sistema Saja-Besaya” entre los términos municipales de Santillana del Mar y Suances (Cantabria).
Dicha concesión trae causa de la Resolución de 30 de abril de 2008 de la Dirección General de Medio Ambientedel Gobierno de Cantabria, que
Ley 6/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón. (BOA núm. 137, de 15 de julio de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Espacios Naturales Protegidos; Biodiversidad; Parque Nacional; Planes de Ordenación de los Recursos Naturales; Áreas Naturales Singulares
Resumen:
Esta reforma responde a la necesidad de dotar a la Comunidad Autónoma de Aragón de una herramienta legal de ordenación en materia de espacios protegidos que se adapte a toda la normativa aplicable hasta la fecha y a consolidar el proceso iniciado mediante la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón. Se adapta a la normativa estatal de carácter básico, en concreto, a la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales, en cuanto a la definición de Parque Nacional, y a la Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, que permite unificar en un solo documento las normas reguladoras de espacios protegidos coincidentes así como sus mecanismos de planificación.
Directiva 2014/80/UE de la Comisión de 20 de junio de 2014 que modifica el anexo II de la Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro (DOUE L 182/52, de 21 de junio de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Aguas; Aguas Subterráneas
Resumen:
En esta ocasión se procede a la modificación del anexo II de la Directiva relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro; modificaciones consistentes en una serie de adaptaciones técnicas. Así, es modificado el punto tercero de la parte A del anexo; en el punto primero de la Parte B se añaden las entradas referidas a nitritos y a fósforo; y, se sustituye en su totalidad la Parte C referida a la información que deben facilitar los Estados miembros en relación con los contaminantes y sus indicadores para los que se hayan estableció valores umbral.
Entrada en Vigor: el vigésimo día siguiente al de su publicación
Normas Afectadas: es modificado el anexo II de la Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa
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