Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas. (BOJA núm. 198, de 9 de octubre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Autorización; Simplificación administrativa; Licencia; Actividad económica inocua; Declaración responsable, comunicación o libre acceso
Resumen:
La presente ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas destinadas a: 1. Mejorar la regulación de las actividades económicas. 2. Simplificar los procedimientos de autorización que afectan a las mismas actividades económicas, dando cumplimiento al principio de reserva de ley, indicando aquellas actividades para las que resulta necesaria la exigencia de una autorización, al estar justificada por al menos una razón imperiosa de interés general, de las establecidas en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. 3. Reforzar las competencias y funcionamiento de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía como organismo supervisor en materia de competencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, con
Título: “Disquisiciones teóricas, doctrinales y exegéticas sobre la praxis de la auditoría como función pública, dirigida a la protección del bien público ambiental para la empresa ecológica”
Fecha de recepción: 13/09/ 2014
Fecha de aceptación: 30/ 10/2014
Autor: MSc. Alcides Francisco Antúnez Sánchez. Profesor Auxiliar. Facultad de Ciencias Sociales y Humanísticas. Universidad de Granma. República de Cuba. Email: aantunez@udg.co.cu
Autora: Dra.C. Elena Polo Maceiras. Profesora Titular. Facultad de Derecho. Universidad de Oriente. República de Cuba
Autor: Dr.C. Roberto de Jesús Rodríguez Coquet. Profesor Auxiliar. Facultad de Derecho. Universidad de Oriente. República de Cuba
Resumen:
El artículo trata el control ambiental a través de la auditoría, como herramienta evaluadora de la gestión ambiental, se parte del problema científico: insuficiencias en la ordenación jurídica de la auditoría ambiental en el sector estatal, incidente en su finalidad de control ambiental en pro de la empresa ecológica y el desarrollo sostenible. Tiene como objetivo argumentar los presupuestos teóricos de la auditoría ambiental a partir de su valoración histórica, doctrinal y exegética, a fin del perfeccionamiento de su ordenación jurídica.
Los métodos utilizados fueron el teórico-jurídico, el histórico-lógico, el exegético-jurídico, el de derecho comparado, el de análisis y síntesis, como técnicas utilizamos la encuesta y
Revista Actualidad Jurídica Ambiental:
El Recopilatorio mensual n. 39, de octubre de 2014, ya se encuentra disponible a través del enlace “RECOPILATORIOS” que consta en el encabezamiento del portal de la revista.
Además, les recordamos las últimas mejoras en la revista:
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Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de julio de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª, Ponente: José Díaz Delgado)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 3250/2014
Temas Clave: Ruido; Contaminación Acústica; Intimidad Personal y Familiar; Inviolabilidad del Domicilio; Integridad Física y Moral; Parques Eólicos; Declaración de Impacto Ambiental
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Generalidad Valenciana contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 92/2009 y que estimó el recurso interpuesto, deducido por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona por dos particulares frente a la inactividad de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat Valenciana, consistente en no haber ejecutado ésta el condicionante de la declaración de impacto ambiental de 27 de julio de 2005 otorgada con ocasión de la aprobación del plan especial de la zona 6 del plan eólico de la Comunidad Valenciana, a cuyo cumplimento venía obligada esa Administración para
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 23 de julio de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Santos Honorio de Castro García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 3598/2014
Temas Clave: Información ambiental
Resumen:
En este supuesto concreto, la Junta de Castilla y León recurre la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Valladolid, que estimó en parte el recurso formulado por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), que devenía de las resoluciones administrativas que le denegaron copias de informes redactados por dos profesores de la Universidad de Valladolid sobre las plagas de roedores, especialmente sobre las dinámicas poblacionales del topillo campesino.
La sentencia de instancia entiende que la Administración debe proporcionar a la entidad copia del Informe de resultados facilitado por uno de los especialistas, apoyándose en el derecho de aquella a la información ambiental. Por el contrario, la Administración basa su impugnación en la causa de excepción señalada en el apartado a) del art. 13.1 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan
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