Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 30 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Concepción García Vicario)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4669/2014 – ECLI:ES:TSJCL:2014:4669
Temas Clave: Fauna; Lobo; Daños; Responsabilidad
Resumen:
En este caso concreto, la Sala determina si debe prosperar el recurso formulado por la mercantil “El Carmocho, S.L.” frente a la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud formulada por la recurrente ante el Consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de los ataques de lobos a la explotación ganadera de su propiedad.
La recurrente considera que concurre responsabilidad patrimonial de la Administración, por lo que está obligada a indemnizar los daños (que califica de continuados), ocasionados por el lobo, en su condición de especie protegida.
A sensu contrario, la Administración entiende que precisamente por tratarse de ataques de una especie protegida, los ciudadanos tienen la obligación de soportar los daños, máxime cuando la Administración ha adoptado