Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 5 de febrero de 2015 (Ponente: Luis Ignacio Ortega Álvarez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 52, de 2 de marzo de 2015
Temas Clave: Aguas; Disposiciones de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental; Trasvase Tajo-Segura; Plan hidrológico nacional; Contrato de cesión de derechos de agua; Informe preceptivo
Resumen:
En este supuesto concreto, el Pleno del Tribunal examina el recurso de inconstitucionalidad formulado por las Cortes de Aragón contra varias disposiciones de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En concreto, la disposición adicional decimoquinta (reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura), disposición transitoria segunda (régimen transitorio de la modificación de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del plan hidrológico nacional, en relación con el citado trasvase), disposición derogatoria única, apartado tercero (deroga la disposición adicional primera de la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, relativa a la realización de obras relacionadas con dicho trasvase), y disposiciones finales segunda, tercera, quinta y cuarta (las tres primeras modifican determinadas disposiciones de la Ley del plan
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 11 de febrero de 2015, por la que se resuelve una petición de decisión prejudicial en relación con laDirectiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en su versión modificada por la Directiva 2009/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, Asunto C–531/13
Autor: Rubén Rodríguez Escobar, Profesor Asociado de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente:http://curia.europa.eu
Palabras clave: Procedimiento prejudicial; Directiva 85/337/CEE; evaluación de las repercusiones de determinados proyectos sobre el medio ambiente; perforación de prueba para la extracción de prueba de gas natural y petróleo; no sujeción del proyecto a evaluación de impacto ambiental; acumulación de proyectos
Resumen:
Este asunto tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof (Austria) sobre la interpretación de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en su versión modificada por la Directiva 2009/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 5 de febrero de 2015, asunto C–498/13, Agrooikosystimata EPE
Autor: J. José Pernas García, Profesor Titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: procedimiento prejudicial; agricultura; política agrícola común; Reglamento (CEE) nº 2078/92; métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural; retirada de la producción de las tierras de labor a largo plazo con fines relacionados con el medio ambiente; ayudas agroambientales abonadas a los agricultores y cofinanciadas por la Unión Europea; Condición de beneficiario de tales ayudas
Resumen:
En este asunto se plantea la interpretación del Reglamento (CEE) nº 2078/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural, y del Reglamento (CE) nº 746/96 de la Comisión, de 24 de abril de 1996, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento nº 2078/92.
Esta petición de decisión prejudicial se ha presentado en el marco de un litigio entre, por una parte, la sociedad Agrooikosystimata EPE y, por otra parte, el
Decreto 18/2015, de 27 de enero, por el que se aprueba el reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados (BOJA núm. 38, de 25 de febrero de 2015)
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas clave: Contaminación de suelos; Prevención ambiental; Responsabilidad ambiental
Resumen:
Este reglamento responde a la necesidad de promulgar una norma que defina en detalle diversos aspectos procedimentales y técnicos, al objeto de mejorar la gestión y control de la calidad de los suelos, en desarrollo del capítulo IV del título IV de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía y de la legislación básica estatal. A tal fin, establece el régimen jurídico aplicable a los suelos contaminados y a los suelos potencialmente contaminados ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Para ello desarrolla diversos aspectos de las funciones de las administraciones involucradas, delimitando nítidamente las competencias de todas ellas; crea herramientas de gestión y planificación, como por ejemplo los Inventarios de suelos potencialmente contaminados y de suelos contaminados o el Programa andaluz de suelos contaminados; y fija la coordinación de los planeamientos
Se aprueba el Plan de gestión de los espacios naturales de protección especial de Cataluña 2015-2020
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (DOGC núm. 6814, de 19 de febrero de 2015)
Temas Clave: Espacios naturales; Biodiversidad
Resumen:
En Cataluña, los espacios naturales de protección especial gestionados por la Administración de la Generalidad comprenden 383.419 ha de territorio con el mayor valor natural y mayor grado de protección.
Este Plan tiene como objetivos definir la situación actual de los nueve parques naturales gestionados por la Administración de la Generalidad, de los dos parajes de interés natural y del parque nacional, identificar los principales retos de futuro, los objetivos a alcanzar y las actuaciones a llevar a cabo y, finalmente, alinear a todos los agentes responsables para crear un marco de coordinación y colaboración activa entre los principales actores: Administración, ayuntamientos, propietarios, empresas y sociedad en general.
El Plan destaca dos grandes retos principales: garantizar la conservación y mejora de los valores naturales de los espacios naturales y la biodiversidad de protección especial, y conseguir la mejora y la compatibilización de las actividades tradicionales que han modelado
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