Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears de 25 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Fernando Socías Fuster)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 282/2015 – ECLI:ES:TSJBAL:2015:282
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Instrumentos de planificación; Libertad de establecimiento; Libre prestación de servicios; Ordenación del territorio; Residuos de la construcción y la demolición
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil dedicada a la gestión de residuos procedentes de la construcción y demolición, y que solicitó una autorización para la gestión de residuos voluminosos en sus instalaciones en la Isla de Menorca.
Tal petición, chocaba no obstante con el Plan Director Sectorial de Residuos No Peligrosos de Menorca, el cual contemplaba que el tratamiento de esta clase de residuos sólo podía efectuarse en dos plantas concretas, lo que excluiría la instalación en la planta del solicitante. Así, la sociedad recurrente se alza contra la desestimación presunta de su solicitud, en el entendimiento de que a través de tal prescripción contenida en el mencionado Plan Director se estaría limitando de manera ilegítima el ejercicio de una actividad económica.
La controversia,
Decreto 109/2015, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos al Dominio Público Hidráulico y al Dominio Público Marítimo-Terrestre de Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 89, de 12 de mayo de 2015
Temas Clave: Vertidos; Dominio Público Hidráulico; Dominio Público Marítimo-Terrestre; Autorizaciones; Aguas depuradas
Resumen:
A través del artículo único de este Decreto, se aprueba el Reglamento de Vertidos, que tiene por objeto: a) El desarrollo del régimen jurídico de las autorizaciones de vertido a dominio público hidráulico (DPH) y a dominio público marítimo-terrestre. b) El desarrollo del régimen jurídico de la reutilización de aguas depuradas. c) La regulación de la inspección y el control de los vertidos. d) La regulación del Registro de Vertidos de Andalucía.
El legislador autonómico aborda el establecimiento de un régimen actualizado y unificado de las autorizaciones de vertido, en desarrollo de las normas sobre vertidos establecidas en la Sección 2ª del capítulo III, del título IV de la Ley 7/2007, de 9 de julio. Asimismo, revisa los límites de emisión y objetivos de calidad de las aguas litorales afectadas
Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de mayo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: José Juan Suay Rincón)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 1838/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1838
Temas Clave: Planeamiento urbanístico; Evaluación Ambiental Estratégica; Modificación puntual PGOU
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto contra la Sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de fecha 17 de abril de 2013, por cuya virtud se desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Barakaldo, de fecha 10 de noviembre de 2010, por el que se aprobó́ definitivamente la 13a Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana, relativa al ámbito UE 11 Castilla-Munibe.
Cuatro de los nueve motivos de casación alegados fueron inadmitidos, por lo que la sentencia analiza los cinco restantes. El segundo de los motivos alegados, fundado en la falta de motivación de la sentencia de instancia queda desestimado, ya que el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 10 de abril de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 1619/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:1619
Temas Clave: Plan de Ordenación de Recursos Naturales; “Sierra de Guadarrama”; Información pública; Plan Rector de usos y gestión
Resumen:
La Sala se pronuncia en este caso sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la “Asociación de Propietarios Sierra de Guadarrama” y dos particulares contra el Decreto 4/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural “Sierra de Guadarrama” (PORN).
Los términos del recurso se ciñen a los siguientes extremos:
-Ausencia total del trámite de información pública en la declaración del Plan de gestión ZEPA y LIC Sierra de Guadarrama y LIC Sabinares de Somosierra. En realidad, la parte actora impugna que la propuesta inicial del PORN no mencionara que éste fuera a tener la consideración de plan de gestión de dicha ZEPA y LIC, lo que sí se recoge en la redacción posterior
Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento europeo y del Consejo de 29 de abril de 2015 por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L115/11 de 6 de mayo de 2015
Temas clave: bolsas de plástico ligeras; consumo; reducción; medio ambiente; impactos
Resumen:
La Directiva que se ve modificada por la presente, la 94/62/CE, se adoptó para prevenir o reducir el impacto en el medio ambiente de todos los envases y de sus residuos, entre los que se encuentran las bolsas de plástico.
Dicha norma europea regula únicamente los aspectos básicos de estas bolsas, al insertarlas dentro de una categoría general, pero no incluye disposiciones específicas sobre su consumo, y ello pese a ser en realidad una fuente de contaminación dañina e importante en nuestro tiempo; las bolsas de plástico no sólo consumen grandes cantidades de energía para su fabricación, sino que también están compuestas por sustancias derivadas del petróleo cuya degradación puede tardar cientos de años, y todo ello sin contar con que en su mayoría están decoradas y pueden contener
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