Se han publicado los siguientes números de publicaciones periódicas con contenido jurídico ambiental que puede usted solicitar en el Centro de Documentación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT), a través de biblioteca@cieda.es:
Actualidad jurídica Aranzadi, n. 909, 2015 (La) administración práctica: enciclopedia de administración municipal, n. 6, 2015 Ambiental y cual, junio, julio, agosto 2015, http://blogs.lavozdegalicia.es/javiersanz/ Anuario de Derecho Municipal, n. 7, 2013 Aquiescencia: blog de derecho internacional, julio 2015, http://aquiescencia.net/ Boletín Mexicano de Derecho Comparado, n. 143, mayo-agosto 2015, http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/DerechoComparado/ Ciudad y territorio: estudios territoriales, n. 183, primavera 2015 Climate Policy, vol. 15, n. 5, 2015 Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 13, 2015 Contratación administrativa práctica: revista de la contratación administrativa y de los contratistas, n. 138, 2015 Cuadernos de derecho local, n. 35, junio 2014 Cuadernos de Gobierno y Administración Pública, vol. 2, n. 1, 2015, http://revistas.ucm.es/index.php/CGAP/issue/view/2770/showToc Diario La Ley, n. 8585, n. 8588; 2015 Ecoiuris: la página del medio ambiente, junio, julio 2015 Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 2, julio 2015 Nómadas: revista crítica de ciencias sociales y jurídicas, vol. 42, 2014, http://revistas.ucm.es/index.php/NOMA/issue/archive Quincena Fiscal, n.14, 2015 Razones de
Sentencia del Tribunal Supremo de dieciocho de Junio de dos mil quince (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 2726/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2726
Temas Clave: Desarrollo sostenible. Ciudad compacta. Justificación de las necesidades que justifican la transformación de suelo rural a urbanizable
Resumen: El Ayuntamiento de Ávila tramitó una modificación del Plan General para unir la ciudad con un complejo deportivo y de ocio (Naturávila) situado a tres kilómetros del casco urbano, modificación que se llevó a cabo precisamente cuando se estaba tramitando también la revisión del propio plan general sin que existieran razones objetivas para que esta modificación no pudiera llevarse a cabo dentro del propio proceso de revisión del planeamiento, dato que es destacado por los tribunales y que posiblemente ha tendido una gran importancia a la hora de anular esta modificación.
Los tribunales, tanto el Tribunal Superior de Justicia como ahora el Tribunal Supremo no entienden la necesidad de llevar a cabo esta modificación del Plan General que prevé la construcción de 3.396 nuevas viviendas, y una amplia zona comercial, cuando todavía no se han construido más de la mitad
Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de julio de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: José Juan Suay Rincón)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ: STS 3362/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3362
Temas clave: Regulación; planificación; espacios protegidos; usos y actividades
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la Sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla, de 12 de septiembre de 2013, recurso 351/2011, siendo parte recurrida la Sociedad Española de Ornitología SEO/BIRDLIFE.
La Sentencia recurrida en casación estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Sociedad Española de Ornitología, SEO/BIRDLIFE, contra el Decreto 15/2011, de 1 de febrero, por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales y se aprueban medidas de agilización de procedimientos administrativos, anulando la disposición por no ajustarse a derecho. El recurso se apoyaba, entre otros motivos, en los siguientes: vulneración del art. 15 bis de la Ley 2/1989, de 18 de julio, de Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía,
Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 183, de 1 de agosto de 2015
Temas Clave: Energía; Comercialización; Remuneración; Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla
Resumen:
Esta norma se centra esencialmente en la regulación de la producción y suministro de energía en los territorios no peninsulares, así como en la forma de su remuneración y repercusión en los consumidores y usuarios. En la estela de adopción de medidas de ajuste regulatorio en los sectores energéticos para minorar la falta de convergencia entre los ingresos y los costes de las actividades con retribución regulada en el sector eléctrico, el presente real decreto establece el régimen administrativo de las instalaciones de producción de energía eléctrica en estos territorios y determina el procedimiento de reconocimiento de los datos técnicos y económicos de las centrales.
Asimismo, regula la actividad de producción de energía eléctrica y su retribución, distinguiendo entre aquellas instalaciones gestionables de aquellas que
Ley 6/2015, de 30 de junio, de medidas adicionales de protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y la fractura hidráulica o «fracking»
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOPV núm. 128, de 9 de julio de 2015
Temas clave: Aguas; Evaluación ambiental estratégica; Fractura hidráulica; Prevención ambiental; Principio de acción preventiva; Principio de cautela; Urbanismo
Resumen:
Esta Ley es el resultado final de una iniciativa legislativa popular impulsada en el País Vasco que logró recoger más de 100.000 firmas. A través de esta norma, que a su vez modifica dos artículos de la Ley urbanística y de la Ley de aguas de esta Comunidad Autónoma, se establecen medidas adicionales de protección medioambiental para la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, fundamentadas, según se dispone en la propia Exposición de Motivos de la norma, en los principios de acción preventiva y el principio de cautela.
No obstante estar el origen de esta norma en la antedicha iniciativa legislativa popular, el resultado de la norma finalmente aprobada difiere sustancialmente de su contenido primario, al pretender en origen la total y absoluta prohibición de esta técnica de extracción de
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