Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 4297/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4297
Temas Clave: Evaluación Ambiental Estratégica; Planeamiento Urbanístico; Planes Parciales; Modificación de Planes Urbanísticos; Efectos Significativos sobre el Medio Ambiente
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Gavà contra la Sentencia de 12 de abril de 2013, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, estimatoria del recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad NARGAM S.A. contra el Acuerdo del Gobierno de la Generalitat adoptado el 25 de mayo de 2006, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan Parcial del sector Llevant-Mar de Gavà (publicado el 9 de febrero de 2010) e, indirectamente, también contra el Plan General Metropolitano aprobado definitivamente el 14 de julio de 1976, en cuanto incluía la finca de la recurrente en un sector de suelo urbanizable no programado.
La cuestión central que se plantea en