Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 13 de julio de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Jesús Mozo Amo)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 3290/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:3290
Temas Clave: Vertidos; EDAR; Vía de hecho; Propiedad privada
Resumen:
La Sala examina el recurso interpuesto por una entidad mercantil que considera que tanto la Confederación Hidrográfica del Duero y el Ayuntamiento de Serrada (Valladolid) han incurrido en vía de hecho en relación con los vertidos procedentes de la depuradora municipal de Serrada y la realización de obras no consentidas en la finca de su propiedad. En realidad, les responsabiliza por haber ejecutado un punto de vertido de la depuradora que desagua en una zanja sita en su finca, para lo cual han desviado el cauce del arroyo de Serrada a través de una clara invasión de su propiedad. Al efecto, considera que ambas instituciones deben ser condenadas a cesar en los vertidos, a demoler todas las obras ejecutadas y a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.
Por su parte, la Confederación entiende que el
Título: “Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes: Principales novedades”
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00216
Los vaivenes sobre el almacén temporal centralizado de residuos nucleares en Villar de Cañas (Cuenca)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Periódico El País
Temas Clave: Residuos radiactivos
Resumen:
La Junta de Castilla-La Mancha ha decidido oponerse al ATC tal como está proyectado, para lo cual ha ampliado una zona de especial protección de las aves hasta ocupar el emplazamiento previsto del almacén. El próximo Consejo de Ministros ratificará la autorización del ATC (que ya cuenta con la provisional del Consejo de Seguridad Nuclear) y probablemente adoptará alguna contramedida para anular el bloqueo de la Junta. Una de las posibilidades que baraja el Ejecutivo central es declarar este proyecto de “interés público” de primer orden.
Los análisis geológicos indican que el terreno no es idóneo para acoger un ATC, salvo que se hagan obras de modificación que implicarán sobrecostes aún desconocidos.
El Ayuntamiento de Villar de Cañas ha presentado alegaciones contra el proyecto del Gobierno de Castilla-La Mancha para ampliar el espacio de protección medioambiental en la Laguna de El Hito. El Consistorio subraya que dicha ampliación —de 1.000 hectáreas a 25.000— se basa
La Unión Europea aprueba la enmienda de Doha al Protocolo de Kioto por medio de la Decisión (UE) 2015/1339 del Consejo de 13 de julio de 2015, en vigor a partir del día 7 de agosto
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Temas clave: Protocolo de Kioto; enmienda de Doha; cambio climático; ONU
Resumen:
No es descabellado presumir que cualquier lector de la presente revista especializada conoce, en mayor o menor medida, las características y objetivos del conocido Protocolo de Kioto. No obstante no está de más, dado el carácter divulgativo de la misma, apuntar unas pinceladas sobre el mismo.
En 1992 se celebró en Nueva York la denominada Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, en la que se firmó uno de los tratados multilaterales sobre medio ambiente más importantes y exitosos de la Historia, que entró en vigor el 21 de marzo de 1994.
El mayor hito de la Convención fue reconocer por fin la existencia y el grave problema que suponía el cambio climático para la Tierra, y a partir de ello proponer soluciones que empezarían por reducir las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera
Se aprueba el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 139, de 20 de julio de 2015
Temas Clave: Planificación; Ordenación del territorio; Litoral
Resumen:
Este Plan tiene como objetivo desarrollar los contenidos que para el mismo establece la Ley 1/1994, de 11 de enero, de ordenación del territorio de Andalucía. Viene a completar la ordenación establecida por los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional en la zona costera. Centra su atención en la franja costera, el espacio más tensionado del litoral, al objeto de establecer un tratamiento integrado que permita compatibilizar el desarrollo en un espacio que se considera esencial para el sistema productivo de la Comunidad Autónoma.
El objetivo principal del Plan es el de establecer un sistema de protección que teniendo en cuenta el desarrollo de los núcleos de población existentes, preserve del proceso de urbanización aquellos terrenos que cuenten con características naturales, paisajísticas, agrícolas o forestales relevantes, o cumplan funciones territoriales específicas para facilitar la conexión de esta zona costera con el interior, impidan la conurbación o contribuyan a la
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